Presupuesto universitario: qué dice el proyecto que aprobó la oposición

La Cámara Baja volvió a aprobar la ley para financiar al sector, con eje en los salarios. El detalle.

Presupuesto universitario: qué dice el proyecto que aprobó la oposición
Presupuesto universitario: qué dice el proyecto que aprobó la oposición

La oposición aprobó el miércoles en la Cámara de Diputados una nueva ley de financiamiento universitario. El proyecto es similar al que el presidente Javier Milei vetó el año pasado y tiene como prioridad la recomposición de los salarios docentes y no docentes, como también mejorar fondos para gastos de funcionamiento y becas estudiantiles.

La iniciativa, que pasó al Senado, fue consensuada entre Unión por la Patria, Encuentro Federal, los radicales críticos de Democracia para Siempre, la Coalición Cívica y el Frente de Izquierda.

Según el texto, el Poder Ejecutivo Nacional tendrá que actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas desde el 1° de diciembre de 2023 hasta la fecha de sanción de la ley, en un porcentaje que no podrá ser inferior a la inflación del mismo período. El aumento será remunerativo y bonificable, y deberá hacerse efectivo al mes siguiente de la publicación de la ley en el Boletín Oficial.

Además, en el transcurso del corriente año deberán incorporarse completas las sumas no remunerativas y no bonificables dentro de los básicos de la convención colectiva correspondiente.

Un mes después de la sanción de la ley, el Ejecutivo estará obligado a convocar a paritarias del sector docente y no docente, con una periodicidad que no podrá exceder los tres meses calendarios, asegurando en todos los casos y tramos de la negociación una actualización mensual no menor a la inflación.

Por otra parte, el Ejecutivo deberá actualizar el monto de los gastos de funcionamiento de las universidades al 1° de enero de 2025, según la variación acumulada de la inflación entre el 1° de mayo y el 31 de diciembre de 2024. Este monto además se deberá actualizar desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, de forma bimestral, también según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Los aumentos ya otorgados este año deberán tomarse a cuenta para el cálculo.

En otro orden, deberán recomponerse todos programas de becas estudiantiles (Progresar, Carreras Estratégicas Manuel Belgrano, Enfermería y otras) por la variación acumulada del IPC entre el 10 de diciembre de 2023 y la fecha de sanción de la ley. También se establece el incremento progresivo de los estudiantes beneficiarios acorde a la matrícula de las instituciones públicas de los niveles superior y secundario.

Otro punto de la ley es que destina una partida especial, en el corriente año, para regularizar los ingresos a la carrera de Investigador Científico y otorgar las becas tanto de ingresantes como posdoctorales.

Para financiar la ley, el Ejecutivo podrá “disponer de créditos presupuestarios”, pero sin impactar sobre la distribución de la coparticipación federal de impuestos a las provincias ni los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). Asimismo, la ley podrá financiarse “con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados) como ingresos”.

Por último, la Auditoría General de la Nación (AGN) deberá realizar el control administrativo externo de las universidades públicas, aunque el organismo se encuentra en dificultades para realizar su tarea porque está acéfalo, debido a la demora del Congreso en nombrar a sus auditores.