El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) determinó destinar el alcohol etílico intervenido en procedimientos por infracción, como consecuencia de encontrar alguna adulteración, a atender la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. Hasta el momento, donaron 70.000 litros de alcohol medicinal a hospitales, ONGs y centros de salud públicos de todo el país.
La norma que fue publicada en el Boletín Oficial estableció en forma excepcional y transitoria mientras dure la emergencia sanitaria por el Covid-19, que aquellos productos calificados en forma definitiva como "averiado" o que "no corresponde a su análisis de origen", que se encuentren intervenidos a granel en establecimientos vitivinícolas inscriptos ante el INV, tendrán como destino prioritario la destilación.
"Los esfuerzos que viene llevando adelante el INV en coordinar la distribución de los recursos para que puedan usarse con eficiencia en seguir cuidando a los argentinos que es la prioridad que nos ha marcado nuestro Presidente Alberto Fernández", afirmó el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra.
Para aquellos interesados en participar de destinar el alcohol etílico intervenido a la emergencia, deberán presentarse ante la dependencia del INV de su jurisdicción, solicitando tal extremo e indicando el destino final del producto producido.
En tanto que los establecimientos industriales inscriptos ante el Instituto interesados en utilizar como materia prima los productos intervenidos, deberán tramitar su pretensión ante la dependencia del organismo de su jurisdicción.
Los beneficiarios del producto, cualquiera sea su forma o característica final, deberán ser un ente público nacional, provincial o municipal o ente privado de salud autorizado por el Instituto.
Las personas físicas y jurídicas que accedan a esta iniciativa, tendrán a su cargo los requisitos específicos, recomendaciones y exigencias que en cada una de las operatorias sean aprobados teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso en particular.
El INV aclaró que en todos los casos debe existir, previo a su determinación, el informe del área técnica competente que certifique la aptitud del alcohol intervenido para el destino que se disponga.