En la mañana del 2 de septiembre se dio a conocer que una nueva página comienza a escribirse en el caso de Nahir Galarza. Se da inicio a la segunda instancia de revisión de la sentencia a "Prisión Perpetua" (35 años) contra Nahir Mariana Galarza única condenada por el crimen de Fernando Pastorizzo ocurrido en la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.
La defensa técnica en esta instancia presentó el recurso de "Impugnación Extraordinaria" encuadrado dentro del Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos y será entonces la Sala I de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Entre Ríos, integrada por los Jueces Daniel Carubia.
De esta manera Miguel Angel Giorgio y Claudia Mizawak será quien revisará el fallo de la joven acusada y culpada.
Si bien tanto la defensa letrada de Nahir, integrada por los Dres. José Ostolaza, Darío Germanier y Pablo Sotelo así como su exvocero, el manager de medios Jorge Zonzini, y la abogada española Marta Turbau (Denunciante en Organismos y Medios Internacionales en relación a la "Satanización del perfil de Nahir" por parte de la justicia entrerriana) manifestaron en reiteradas oportunidades que hasta que el polémico fallo no salga de la jurisdicción de la justicia machista y patriarcal de la provincia de Entre Rios (es decir recién cuando llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina y la CIDH) no habría cambios significativos era requisito obligatorio dar éste paso intermedio.
Por su parte, cabe recordar que la defensa insiste desde el primer día en la parcialidad y la violencia institucional desarrollada por la justicia provincial contra Nahir emanada de su ineptitud para analizar este caso con "Perspectiva de Género".
Asimismo ratificó su criterio en oposición y denuncia a las expresiones vertidas durante la instrucción de la causa por parte de los fiscales cuando, por citar un ejemplo, el fiscal Sergio Rondoni Caffa hablando de igualdad física o de fuerza entre hombres y mujeres manifestó que "la mujer tiene la posibilidad de pegarle y provocarle dolor al hombre en lugares que el hombre no le puede provocar a una mujer" (refiriéndose a los testículos) o en el caso del fiscal general Lisandro Beheran que tras el alegato del Dr. José Ostolaza durante el juicio oral expresó a manera de minimizar la "Violencia de Género" que Pastorizzo ejerciera contra Nahir y preguntando al tribunal en voz alta ¿Quién alguna vez no le pegó un cachetazo a su mujer?.
Todo ello, y sumado a la falta de aceptación de muchas de las medidas de prueba solicitadas por la defensa durante la instrucción vetando sistemáticamente su derecho de defensa, llevó sugestivamente a que Nahir "una mujer con delito primario" que se entregó, confesó y colaboró con tan sólo 19 años de edad fuera condenada por dicha justicia estructuralmente machista y patriarcal a una pena mayor (35 años) pronunciadamente más elevada que, por citar solo 3 ejemplos de hombres condenados, la del genocida Jorge Rafael Videla (30 años) , la del odontólogo cuádruple homicida Ricardo Barreda (17 años) o la del boxeador Carlos Monzón (11 años).