Presentaron un proyecto para que se evalúe la incorporación de las licencias por depresión al listado de la DGE

Silvina Camiolo (Frente de Todos) fue la autora de la iniciativa que está establecida en el artículo 8º del Decreto 228/2016. Licencias docentes.

Silvina Camiolo (senadora de Frente de Todos) Mendoza.
Silvina Camiolo (senadora de Frente de Todos) Mendoza. Foto: redes sociales

En la Legislatura de Mendoza presentaron un proyecto para que la Dirección General de Escuelas tenga a bien evaluar la incorporación de las licencias por depresión al listado de licencias docentes establecidas en el artículo 8º del Decreto 228/2016.

La autora del proyecto, Silvina Camiolo (Frente de Todos) junto con el presidente de bloque de Senadores, Lucas Ilardo hicieron la presentación ante la necesidad de reconocer a la salud mental como parte integral del bienestar de cada ciudadano.

Al respecto la “Organización Mundial de la Salud (OSM) define salud como: un estado de perfecto (completo) bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad”, remarcó la senadora.

El listado establecido en el artículo 8º del Decreto 228/2016 determina las situaciones en las que el personal docente igualmente tendrá derecho a la percepción del ítem aula, aun no registrando asistencia todos los días hábiles del mes.

En este listado se contemplan taxativamente las siguientes situaciones:

1) Uso de licencia ordinaria, según las previsiones del art. 38 y cctes. de la Ley 5.811 y modificatorias;

2) Licencia por maternidad, en los términos y condiciones previstas en el art. 54 de la Ley 5.811 y modificatorias.

3) Licencia con motivo de accidente o enfermedad profesional conforme la Ley de Riesgos de Trabajo vigente, debidamente certificada por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo contratada por el Estado, mientras dure la licencia.

4) Quien registre hasta 3 inasistencias por mes y hasta diez (10) en el año no acumulables, siempre que las mismas hayan sido justificadas por alguna de las licencias previstas en la Ley 5.811, modificatorias y demás normativa vigente y aplicable al caso, a excepción de las referidas anteriormente.

Teniendo en cuenta que lo descripto en el artículo 8º es un listado cerrado de situaciones contempladas es que se hace necesario incorporar mediante este instrumento legislativo una causal por la cual se le habilite igualmente al docente la percepción del ítem aula: el diagnostico de depresión, emitido por un profesional de la salud mental con matrícula provincial.

La necesidad de dar relevancia a los cuadros depresivos no es caprichosa, más por el contrario, obedece a una preocupación en ascenso a nivel mundial y de la cual Argentina y Mendoza no son ajenas: el suicidio. Los cambios emocionales, sobre todo aquellos vinculados a cuadros o trastornos psicológicos depresivos poseen una incidencia fundamental en las decisiones suicidas.

En Mendoza, durante los últimos 4 años se produjeron más de 3 mil intentos de suicidio. Los suicidios consumados se elevaron a 159 en el año 2015; 168 en el año 2016; 197 en el año 2017 y 185 en el2018; siendo ese año la T.M.S de 11.50 por cada 100.000 habitantes. En este sentido, es notable la cantidad de intentos de suicidio y consumados en departamentos con menor densidad poblacional: en el año 2018 la tasa de mortalidad por suicidio en el Valle de Uco fue de 7 por cada 100.000 habitantes, mientras que en los Departamentos del sur (San Rafael, General Alvear y Malargüe) fue de 14.87 suicidios por cada 100.000 habitantes. Una indagación más precisa, por año y Departamento, revela que la mayor T.M.S en el año 2015 ocurrió en los departamentos de Santa Rosa (26.97), Lavalle (24.38) y La Paz (21.77).