El juez federal Gustavo Lleral emitió un fallo en el caso de los gendarmes Emmanuel Echazú, Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila y Marcelo Ferreyra, quienes estaban siendo investigados por su presunta implicación en la muerte de Santiago Maldonado durante un operativo de desalojo en la ruta 40 en Cushamen, Chubut, en 2017.
Echazú enfrentaba cargos por “desaparición forzada de persona”, mientras que Escola, Vaquilla y Ferreyra estaban siendo investigados por delitos de daño en Cushamen, Chubut, y omisión de deberes de funcionario público.
El juez Lleral declaró el sobreseimiento de los gendarmes, argumentando que, según las pruebas presentadas, no existía ninguna acción criminal en relación a los eventos que tuvieron lugar el 31 de julio y el 1 de agosto de 2017.
Sostuvo que la verdad había sido establecida con independencia e imparcialidad, afirmando que Maldonado fue encontrado en el mismo lugar donde fue visto por última vez, y que su muerte ocurrió por ahogamiento en un pozo.
El juez señaló que ni los gendarmes involucrados en el operativo ni los miembros de la comunidad que Santiago apoyaba pudieron prever o evitar su trágico fallecimiento.
A pesar de los esfuerzos por distorsionar la realidad de los hechos y retrasar la obtención de pruebas esclarecedoras, el juez enfatizó que la verdad en torno a la desaparición y muerte de la víctima era única y que había sido víctima de diversas manipulaciones indebidas.