Este martes 29 de marzo, el Tribunal integrado por el Juez de Primera Instancia Dr. Carlos Pareto resolvió en los tribunales provinciales de Casilda, condenar a Gonzalo T. a la pena de 3 años de prisión en suspenso y 7 años de inhabilitación especial para conducir vehiculos automotores por ser penalmente responsable del delito de Homicidio culposo agravado por la conducción en exceso. La Fiscalía había solicitado la pena de 5 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación para conducir.
Vale resaltar que las penas en suspenso en realidad son penas condicionales, es decir que no se hacen efectivas, pero durante ocho o diez años la persona estará sometida a supervisión. Si se comete otro delito, se puede aplicar la segunda pena como efectiva o sumar las dos de acuerdo al tiempo que haya pasado entre el primer y segundo delito.
El Fiscal Dr. Pablo Baños de la Unidad Fiscal de Casilda le atribuyó el hecho ocurrido en fecha el 25 de agosto de 2019 aproximadamente a las 6.30 am en la localidad de Pujato, el acusado iba circulando de forma imprudente a bordo de su vehículo Volkswagen Gol por Ruta Nacional 33 a la altura del kilometro 754, yendo con sentido vehicular Casilda-Pujato, y al invadir el carril de circulación contrario, embistió el auto Fiat Sienna conducido por la víctima Horacio Castelli, causando su fallecimiento. Al momento del hecho el acusado circulaba a mas de 30km/h, mas de lo permitido en dicha arteria.