La exembajadora en el Reino Unido, Alicia Castro, lamentó que la Justicia argentina haya ratificado la realización del vuelo de la empresa Latam que desde este miércoles unirá San Pablo y Córdoba con las Islas Malvinas, y aseguró que es producto de una "orden" de la ex primera ministra de Reino Unido, Theresa May, al presidente Mauricio Macri.
"Yo creo que la cuestión de fondo tiene que seguir siendo tratada, investigada y juzgada", afirmó Castro este miércoles en conversación con Radio 10, a raíz de la resolución del juez federal Luis Rodríguez.
Según la exdiplomática, la idea del vuelo surgió luego de que el presidente Macri le escribió una carta a May para que apoyara a la entonces canciller Susana Malcorra como secretaria general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En su respuesta, sostuvo Castro, "May le ordena a Macri qué es lo que tiene que hacer en las relaciones bilaterales y esto es lo que se plasmó en ese acuerdo". Y agregó que las tres condiciones que impuso la entonces primera ministra fueron la habilitación de un tratado pesquero, la entrega a empresas británicas de bloques petroleros en la cuenca Malvinas y el vuelo para unir Brasil con las Islas.
"El vuelo se inaugura hoy (por el miércoles), día de la soberanía nacional. ¿Son muy cínicos o no conocen la fecha? La verdad este no es un vuelo Malvinas-Córdoba, es un vuelo de Latam Brasil que sale de San Pablo en el que se usa la denominación británica, olvidándose de todos los acuerdos de Mercosur. Y es un vuelo que sigue la exigencia británica de no tener ni aeronave de matrícula argentina, ni empresa argentina, ni origen ni destino en Argentina continental", denunció Castro.
El martes, el juez Rodríguez ratificó la realización del vuelo de la empresa Latam que desde este miércoles unirá San Pablo (Brasil) y Córdoba con las Islas Malvinas, al rechazar un pedido de medida cautelar para suspender ese servicio, se informó oficialmente en Tribunales.
"Conforme los antecedentes reunidos, todos los organismos públicos argentinos intervinientes han sido contestes en resaltar que las Islas Malvinas corresponden a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur de la Nación Argentina y que el tramo Córdoba-Islas Malvinas es de cabotaje", escribió el juez en su resolución difundida por el Centro de Información Judicial (CIJ).
Añadió que "la aprobación de los tramos entre San Pablo e Islas Malvinas resultan alcanzados por los tratados bilaterales entre ambos Estados, que resultaba necesaria la autorización por vía de Decreto del Poder Ejecutivo Nacional por aplicación del art. 97 del Código Aeronáutico y que, a los fines de la ley 25.871, estos vuelos resultan análogos a los que a la fecha se continúan realizando al amparo del Decreto 1179/2002".
Ese decreto autorizó a Lan Chile (ahora fusionada con la brasileña TAM) a "explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de gran porte".
Por ello Rodríguez resolvió que "el análisis de todos los elementos probatorios que a criterio de la judicatura resultaban pertinentes, impide considerar reunidos los requisitos de admisibilidad de la medida cautelar propiciada" por la Fiscalía "para preservar al Estado Argentino de 'posibles daños económicos graves'".
En consecuencia, el juez resolvió "no hacer lugar a la suspensión de los vuelos correspondientes a las autorizaciones conferidas a 'Tam Linhas Aéreas SA' a través del Decreto N° 602/2019, dictado el 30 de agosto de 2019 por el Presidente de la Nación Argentina".
La denuncia y el pedido de cautelar fueron efectuados por la abogada Valeria Laura Carreras el 24 de septiembre, quien advirtió sobre supuestas irregularidades en la relación bilateral Argentina-Reino Unido por parte del gobierno de Macri.