Un estafador inmobiliario fue condenado a prisión y deberá devolver el dinero

El Tribunal en lo Criminal 3 de Jujuy ordenó al delincuente “adoptar un oficio o profesión adecuada a su capacidad”.

Un estafador inmobiliario fue condenado a prisión y deberá devolver el dinero
Policía de la Provincia de Jujuy. (Imagen ilustrativa)

En un juicio abreviado celebrado en San Salvador de Jujuy, el Tribunal en lo Criminal n.° 3 sentenció a dos años de prisión en suspenso a Cristian Fabián Alberto Guillen, quien con una identidad y documentación falsa había vendido un terreno que no era de su propiedad. El sujeto cayó en manos de la policía cuando se presentó en el domicilio de su víctima a reclamar el pago de un saldo pendiente.

Integrado por las magistradas Ana Carolina Pérez Rojas y Margarita Nallar, y el juez Mario Ramón Puig, el Tribunal dispuso que el condenado deberá además restituir la suma de $900.000 a la víctima del ardid, y cumplir con una serie de medidas preventivas accesorias.

¿CÓMO FUE LA ESTAFA CON EL TERRENO?

El 14 mayo de 2022 la víctima del delito, respondiendo a un aviso clasificado publicado en un medio gráfico de la capital jujeña, se puso en contacto con Cristian Fabián Alberto Guillen, quien, según el expediente, había contratado la publicación el 12 de ese mes ofertando un terreno ubicado en el loteo “El Amanecer de SICOM”, en inmediaciones de la Federación Gaucha del barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy.

En ese contacto, Guillén se presentó ante la víctima bajo la falsa identidad de “Víctor Alfonso Toconás” y exhibió e individualizó el terreno en cuestión aduciendo ser propietario del mismo.

Margarita Nallar, Ana Carolina Pérez Rojas y Mario Ramón Puig, jueces que integran el Tribunal en lo Criminal 3 de Jujuy.
Margarita Nallar, Ana Carolina Pérez Rojas y Mario Ramón Puig, jueces que integran el Tribunal en lo Criminal 3 de Jujuy.

Pasados dos días, estafador y denunciante mantuvieron otro encuentro en el que acordaron y formalizaron la compraventa en el domicilio de la víctima -también sito en el barrio Alto Comedero-, por la suma de $1.200.000.

En ese momento la víctima hizo entrega de la suma de $900.000, a cuenta del precio acordado, comprometiéndose mediante un pagaré a abonar el saldo de $300.000 en fecha 17 de junio de 2022.

Para perfeccionar el “negocio”, Guillén hizo entrega de un boleto de compraventa con los datos falsos del vendedor –fotocopias de CUIL y DNI a nombre de “Víctor Alfonso Toconás”-, llevándose el documento promisorio de pago firmado por el comprador engañado.

El día 24 de junio Guillen se presentó en el domicilio de la víctima a exigir el pago del saldo pendiente, pero se encontró con el personal policial que lo aguardaba para proceder a su arresto.

EL DELITO DE ESTAFA Y EL JUICIO ABREVIADO

Según surge de este breve resumen de los hechos y actuaciones que constan en el expediente -confirmaron fuentes judiciales a VíaJujuy-, las acciones del acusado encuadran con lo tipificado en el artículo 172 del Código Penal de la Nación, en cuanto prevé que “será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño.”

Llegado el momento de la audiencia, el fiscal Diego Funes y el acusado Guillen -asistido por la abogada Sara Ruth Cabezas- solicitaron el procedimiento especial previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.

Este tipo de proceso, conocido en el ámbito judicial como “juicio abreviado”, implica un acuerdo entre el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y el imputado, mediante el cual este último reconoce su participación o autoría en el hecho bajo examen y acepta la pena propuesta por el agente fiscal.

Este mecanismo tiene la virtud de permitir arribar a una sentencia expedita, además de aliviar la sobrecarga de expedientes sobre los que debe entender el tribunal, destacaron las fuentes.

El condenado, que quedará en libertad condicional, deberá fijar domicilio y someterse al control mensual del Patronato de Liberados y de la Oficina de Control de Probation, dependiente del MPA; abstenerse del consumo de estupefacientes y bebidas alcohólicas; y adoptar un oficio, arte o profesión adecuada a su capacidad.

¿CÓMO EVITAR SER VÍCTIMA DE UNA ESTAFA INMOBILIARIA?

El Colegio de Martilleros y Corredores Inmobiliarios de Jujuy recomienda la intervención un matriculado en todo negocio inmobiliario, trátese de compraventa o locación, ya que se trata de un profesional acreditado para dar transparencia a estos actos jurídicos.

Para mayor seguridad, se recuerda que un boleto de compraventa de inmueble no es prueba de titularidad o propiedad, ni confiere a su poseedor tal condición.

Para transferir derechos reales sobre bienes inmuebles se requiere de una actuación notarial –escrituración registral-, acto que necesariamente implica la intervención de un escribano público.