Este martes el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5 resolvió este martes que no hará lugar a la medida cautelar presentada por Carlos Tevez para evitar el pago del Impuesto a las grandes fortunas.
El futbolista había presentado la medida junto a sus abogados con el argumento de que el tributo es confiscatorio, dado el aporte que debe realizar representa una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020.
Con ese argumento solicitó una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para obtener la declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de la Ley 27.605. Y pidió además una cautelar para que no se le cobre.
Sin embargo, la Justicia en el fallo señaló: “Con arreglo a lo señalado, se rechaza la medida cautelar solicitada, lo que ASI SE RESUELVE. Sin costas, en tanto la producción del informe previsto en el art. 4 de la Ley 26.854 no implicó la bilateralización del proceso”.
El fallo completo de la justicia contra Carlos Tevez
De qué se trata el impuesto contra las grandes fortunas
La Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas se aprobó a principios de 2020 con el objetivo de moderar los efectos de la pandemia del coronavirus y apuntó contra los que tienen patrimonios mayores a 200 millones de pesos.
El proyecto fue impulsado por el oficialismo, con el jefe del interbloque de Diputados del Frente de Todos, Máximo Kirchner, bajo la premisa de recaudar 300 mil millones de pesos para volcar en planes productivos y sanitarios.
La ley contempla el cobro del 2% a los patrimonios de las personas fiscas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la medida más de 200 millones de pesos. El valor de la tasa se eleva de acuerdo al aumento del patrimonio.
El listado de personas que deben pagar este tributo aparecen varios nombres de peso, entre los que hay varios deportistas como Gabriel Batistuta, Diego Placente, polistas de Ellerstina, entre otros.