Sigue la noche contra la venta ilegal de cigarrillos a través de la ley que regula la actividad y que entró en vigencia el 20 de agosto. La legislación establece que las personas que produzcan, distribuyan o comercialicen de manera ilegal cigarrillos u otros productos derivados del tabaco podrían recibir multas que van desde los $245.000 a los $840.000.
La norma especifica que se consideran productos ilegales aquellos ingresados ilegalmente al territorio nacional, que no cuenten con título justificativo de su procedencia y/o fabricación legitima, con estampillas legales y/o aquellos que hayan sido fabricados en violación a las leyes de patentes N° 24.481 y de marcas N° 23.362.
La Dirección General de Rentas es el órgano de fiscalización de la actividad. En caso de reincidencia se duplicará la multa y se procederá a la clausura del local por 30 días. "La ley establece el control de estos productos y en ningún momento plantea un impuesto, contribución o tasa ni ningún tipo de tributo a restricción para la comercialización de los productos derivados del tabaco, en especial cigarrillos, ni tampoco establece una prohibición", explicó el coordinador del Fondo Especial del Tabaco por Salta, Enrique Cornejo Saravia, a El Tribuno