Según el artículo 1° del Decreto 811/20 (6 de julio), "las decisiones, propuestas y/o medidas que implementen en el marco de la emergencia sanitaria provincial declarada por Ley Nº 3693 los Centros Operativos de Emergencia Municipal, deberán contar con la autorización previa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien
canalizará de manera inmediata la propuesta o medida con intervención del Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Gobierno de la Provincia y/o -en caso de corresponder- al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente".
En tal sentido el intendente de Río Gallegos, Pablo Grasso, solicitó hoy autorización a la provincia para proceder al cierre preventivo y provisorio de los establecimientos nocturnos con salones denominados "Cervecerías y PUBS" por 14 días.
Desde la Jefatura de Gabinete dieron curso al pedido del intendente, de esta manera y en respuesta a la nota 868/DEM/20 autorizaron al cierre desde el 16 de julio y hasta el 30 del corriente.
El objetivo de la medida impulsada por el municipio tiene como fin "contener la propagación del brote del virus COVID-19 recientemente detectado en la capital santacruceña.