La Comisión Arbitral Convenio Multilateral de Ingresos Brutos prorrogó hasta el 27 de este mes, la presentación mensual de las declaraciones juradas y el pago del anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes a marzo último, a través de la disposición 4/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La medida rige para los contribuyentes que hayan registrado en 2019 ingresos totales menores o iguales a $ 2,5 millones. Debido al coronavirus y al aislamiento social, preventivo y obligatorio, distintas cámaras empresariales y asociaciones de profesionales solicitaron a esta Comisión Arbitral una prórroga en la presentación y pago del anticipo 3, de marzo 2020.
El cronograma de vencimiento finalizaba el 20 de abril, de acuerdo con el dígito verificador del número de Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) correspondiente. Por la nueva disposición, el 27 de abril deberán presentar declaración y pagar anticipo los contribuyentes con CUIT terminado en 0, 1 y 2; el 28, en 3, 4 y 5; el 29, en 6 y 7; y el 30, en 8 y 9.
Esto rige en la ciudad y las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán, que son las que adhirieron al Convenio Multilateral.