Fernando Espinoza, intendente de La Matanza, fue procesado por abuso sexual, en una causa que tomó notoriedad pública este lunes. La denuncia fue realizada por una exsecretaria suya y el hecho habría ocurrido en 2021.
El funcionario está acusado de “tocamientos impúdicos”, por lo que fue embargado por 1.500.000 pesos. Por otro lado, la Justicia lo procesó por “desobediencia” tras haber desoído “la orden de no tomar contacto ni directa ni indirecta con la víctima”.
Según la mujer, Espinoza fue a su casa una noche, cuando intentó obligarla a tener relaciones sexuales, llegando a “bajarse los pantalones”. El intendente negó haber ido al domicilio de la denunciante, pero los peritajes respecto de la ubicación de su celular lo desmintieron.
Qué dice la denuncia
La mujer tenía 32 años al momento del hecho, que tuvo lugar el 10 de mayo de 2021. Por ese entonces, había comenzado a trabajar como secretaria del intendente, pero “en negro”.
La víctima asegura que el acusado solía insistir en que cenaran juntos y ella “cedía a la presión”. En el tercer encuentro, que fue en su domicilio, fue cuando se dio la situación de acoso. Relata que Espinoza “se bajó los pantalones”, se arrojó sobre ella “violentamente” y la manoseó. Al resistirse, el funcionario se fue enojado.
La mujer había sido recomendada para el trabajo por un hombre con el que había tenido una relación extramatrimonial y que era amigo de Espinoza. Este hombre, además, es uno de los testigos en la causa.
La defensa del intendente puso el foco en algunas contradicciones de la denunciante, que la jueza Fabiana Galletti no consideró suficientes para “desligarlo de la responsabilidad”, según aparece en el fallo.
Qué dice el dictamen
“Luce más acertado y natural pensar que la damnificada padeció inesperadamente los tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin su consentimiento por parte de quien se trataba su jefe en ese entonces y de una persona pública”, dice el dictamen. Y agrega: “De la manera que pudo denunció lo ocurrido, con angustia y perturbada producto del accionar sorpresivo y deliberado del imputado de avasallar su libertad sexual aprovechando su autoridad, que la coloca naturalmente por su rol en una situación de desventaja”.
“Las supuestas variaciones que puede existir en su relato, según la defensa, atendiendo a todas las circunstancias antes detalladas, no hacen a la esencia del hecho, pues siempre se mantuvo firme en haber sufrido un abuso sexual, por lo que el esfuerzo de la defensa por atacar su credibilidad no tiene asidero”, concluye.
El fallo tiene fecha de 15 de mayo. Allí, Galletti también emitió una prohibición de acercamiento contra el intendente y de todo contacto con la mujer, por cualquier medio, además de una restricción perimetral a menos de 500 metros mientras dure el proceso penal y “bajo apercibimiento de incurrir nuevamente en el delito de desobediencia”.
Espinoza había sido sobreseído en una primera instancia pero tras una apelación fiscal a Cámara, la causa volvió al juzgado nacional en lo Criminal y Correccional 31.