La Municipalidad recuerda que está en vigencia la Ordenanza Nº 2164-2017, por la cual se establece para todos los establecimientos comerciales, financieros, industriales, recreativos, culturales y educativos, la obligación de cesar sus actividades a partir de las 18:30 horas los días 24 y 31 de diciembre de cada año.
Quedan exceptuados aquellos establecimientos que presten servicios esenciales y los que ejerzan actividades gastronómicas, restaurantes, bares y hotelería; farmacias, clínicas y hospitales; clubes sociales, estaciones de servicio y expendio de combustible y locales comerciales atendidos por sus dueños.
La Ordenanza prevé multas y clausuras para los infractores, facultando para su control a asociaciones gremiales y empresariales del rubro.