El sistema de Juicio por Jurados o “jurado popular” existe en nuestra Carta Magna desde 1983. Sin embargo, hace exactamente diez años que comenzó a popularizarse y solo se aplica en 10 provincias argentinas: Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se sumó en octubre de 2021. Pero, ¿qué de qué se trata?
En este sistema jurídico unos 12 ciudadanos deben emitir un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad sobre presuntos criminales, abusadores y delincuentes, todo eso sin haber leído ni por casualidad el Código Penal.
En 2019, el medio digital Chequeado dialogó con Andrés Harfuch, miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y vicepresidente de la Asociación de Juicio por Jurados (AAJJ), brindó detalles de cómo se lleva a cabo el proceso jurídico.
“En lugar de que una persona sea juzgada por jueces profesionales, que son en su gran mayoría hombres de clase media alta, los evalúa un grupo de personas -que en general incluye igual cantidad de hombres y mujeres- con distintas trayectorias y sensibilidades”, explicó.
Cómo se elige al jurado
Los detalles del funcionamiento del jurado dependen de cada provincia. En Buenos Aires, por ejemplo, el jurado está constituido por 12 personas y seis suplentes, en todos los casos con paridad de género. Estas personas son seleccionadas por sorteo a partir de una lista elaborada por la Justicia electoral sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos mayores de 21 y menores de 75 años. Algunas personas, como los miembros de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros, no pueden ser miembros del jurado.
Cuando se constituye un jurado, se sortea de esta lista a 48 personas que se le presentan a las partes, Defensoría y Fiscalía, que pueden recusar a los miembros por posibles conflictos de interés u otras razones. Una vez que se excluye a los participantes objetados se vuelven a sortear los nombres para llegar a la composición final.
Qué hace el jurado
De nuevo, las atribuciones dependen de lo que establece cada sistema provincial, pero en términos generales lo que determina el jurado es si existió el delito y la culpabilidad de la persona. La pena es luego establecida por el juez, que está presente durante todo el proceso y los guía, explicándoles su rol y manteniendo el orden y disciplina de las partes durante el proceso.
Durante el proceso el jurado es un mero observador, sin posibilidad de intervenir en las exposiciones de las partes.
Para declarar culpable a una persona en la Provincia de Buenos Aires, 10 de los 12 miembros deben estar de acuerdo y para una condena a prisión perpetua se necesita la unanimidad. En caso de no llegar a acuerdo se puede declarar “jurado estanco” y hay una serie de medidas para salir de esa situación.