Un hombre que ejercía como pastor en una iglesia pentecostal ubicada en San Salvador de Jujuy fue condenado a 12 años de prisión por abusar en reiteradas oportunidades de al menos tres menores, entre 2004 y 2021. El reo, identificado por sus iniciales J.A.A., tendrá el beneficio de la modalidad de prisión domiciliaria y no podrá acercarse a menos de 500 metros de los domicilios de sus víctimas, a las que la Policía de la Provincia deberá proveer de la aplicación D.I.M.E. de botón antipánico.
El acusado fue considerado culpable por el Tribunal con Función de Juicio Abreviado, integrado por los jueces Mario Ramón Puig -quien ofició como presidente de trámite-, Salvador Gustavo Ortiz y Luis Ernesto Kamada.
LOS DELITOS COMETIDOS POR EL PASTOR
Fuentes judiciales informaron que el hombre, que se desempeñaba como pastor en una iglesia Pentecostal del barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, resultó autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de algún culto (dos hechos); abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por ministro de algún culto (un hecho)”.
A esas acusaciones se suman “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por ministro de algún culto y contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por ministro de algún culto y contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente (un hecho), en concurso real”.
La investigación fue llevada a cabo por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y dio como resultado que J.A.A. fuera acusado y condenado por seis hechos ilícitos contra tres menores de edad.
VIOLENCIA Y ABUSO INTRAFAMILIAR
El primer hecho que se le atribuyó sucedió a principios del año 2018, en circunstancias en que una niña, de 9 años, se encontraba junto con su familia en la puerta de una iglesia en Alto Comedero, en la que el condenado revestía la calidad de pastor. En esos momentos, aprovechando que nadie lo veía, perpetró el abuso contra la menor.
El segundo hecho de abuso ocurrió entre 2020 y 2021 y tuvo como víctima a la niña antes mencionada, que ya tenía 11 años.
El tercer hecho por el que se juzgó a J.A.A tuvo lugar entre el 23 de julio de 2015 y 22 de julio de 2017 cuando otra menor, que tenía entre 10 y 11 años en esos momentos, asistía a la “Escuelita Bíblica” en la iglesia mencionada y fue víctima de los abusos mientras aguardaba que su madre la retire del lugar.
El cuarto, quinto y sexto hecho fueron perpetrados contra otra menor de edad con quien el imputado convivía en una vivienda de Alto Comedero, desde 2004 hasta el 2011, transcurso en el que J.A.A cometió los abusos contra la niña aprovechando la situación de convivencia preexistente.
UN PASTOR ABUSADOR Y VIOLENTO
En su resolución los jueces ordenaron el inmediato traslado de J.A.A. al domicilio donde deberá cumplir la pena impuesta y proceder a su incorporación al régimen de progresividad de la pena.
El Tribunal le impuso al condenado el cumplimiento de reglas de conducta tales como la prohibición de acercamiento a las víctimas a menos de 500 metros de sus domicilios o en el lugar en que las mismas se encuentren.
También aplicaron al expastor la “abstención de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos y/o actos molestos por cualquier medio personal, telefónico, redes sociales en contra de las víctimas; todo durante el plazo que dure la condena, conforme lo acordado por las partes”, tal como reza la sentencia.
Asimismo le ordenaron a J.A.A. asistir y acreditar la realización de un curso sobre “Violencia de Género hacia las Mujeres” en una institución pública y/u ONG especializada en la problemática; asistir y acreditar cada 15 días el inicio y sostenimiento de proceso terapéutico por sus conductas violentas.
Cabe apuntar que si el condenado no cumple con alguna de las reglas impuestas “el Juez de Ejecución de la Pena podrá disponer revocar la prisión domiciliaria en caso de que se persistiere o reiterare el incumplimiento”, según dispusieron los magistrados.
BOTÓN ANTIPÁNICO EN LOS CELULARES DE LAS VÍCTIMAS
Los magistrados dispusieron la implementación de la aplicación del botón antipánico en dispositivo móvil para víctimas de violencia de género por intermedio de la Dirección General de Políticas de Género de la Policía de la Provincia, para las tres víctimas de los delitos ejecutados por el sentenciado, hasta el cumplimiento total de la condena impuesta al abusador.
El abusador fue juzgado en un juicio abreviado al hacer lugar los jueces a la solicitud formulada por el fiscal Aldo Lozano; la querella representada por Joaquín Campos, profesional del Centro de Asistencia a la Víctima; y el abogado Benito Enzo Quispe, defensor técnico del imputado.
Finalmente, una vez firme y consentida la sentencia, se ordenó la obtención del perfil genético del pastor abusador a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.