La Justicia de Salta confirmó la pena de prisión perpetua para un hombre condenado por el femicidio de su pareja, Mariela Alejandra López, la instructora de gimnasia oriunda de Jujuy cuyo cadáver fue hallado en abril de 2018, un mes después de su desaparición, en una zanja de la localidad de Lumbreras.
Así lo resolvió la Sala III del Tribunal de Impugnación salteño, integrada por los jueces Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño, al rechazar un recurso de casación de la defensa de Cristian Ramón Balcarce (42).
El 16 de marzo de este año, los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio habían condenado a Balcarce a prisión perpetua por el delito de "homicidio doblemente calificado por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género, en concurso real con falsa denuncia".
Los jueces de alzada consideraron, en primer lugar, que en el fallo cuestionado el tribunal logró determinar la base fáctica del suceso atribuido a Balcarce, luego de valorar toda la prueba reunida.
De esta manera, la condena impuesta resulta válida, ya que, al dictarla, los jueces tenían la convicción necesaria en contra del acusado con suficientes elementos de prueba, y lograron expresar con claridad los motivos por los cuales alcanzan ese estado de certeza, "conectando cada indicio con adecuada lógica y basándose en las pautas que dictan la experiencia y la psicología".
En ese sentido, los jueces de impugnación agregaron que a lo largo de la sentencia se tuvo en consideración la declaración de Balcarce y la explicación gráfica de la mecánica de su accionar sobre el cuerpo de la víctima para terminar con su vida, cuyo relato corrobora con los diferentes testimonios de otros testigos, que dan cuenta de la violencia que ejercía sobre López y la "tormentosa" relación de pareja que tenían.
Asimismo, entendieron que la sentencia atacada "es idónea para mostrar el itinerario lógico seguido por el Tribunal de Juicio para resolver como lo hizo, en tanto los fundamentos expuestos en el fallo demuestran la razonabilidad de la conclusión arribada, por lo que corresponde rechazar los agravios de la defensa en ese sentido".
A la vez, acotaron que se puede afirmar con certeza la existencia de una relación de pareja entre la víctima y el victimario, cuya convivencia estaba marcada por la violencia física que ejercía Balcarce sobre la víctima.
Finalmente dijeron que, tratándose de un hecho constitutivo de uno de los delitos más graves del Código Penal, debe aplicarse la pena prevista de prisión perpetua, que guarda relación de proporcionalidad con aquél y las circunstancias de la causa, y por ello resulta constitucional.
El hecho ocurrió el 19 de marzo de 2018, cuando el imputado denunció la desaparición de López y casi un mes después, el 20 de abril, se produjo el hallazgo del cuerpo en un descampado, sobre la ruta nacional 9/34, cerca de la localidad de Lumbreras, a unos 111 kilómetros al sudeste de Salta Capital, en avanzado estado de descomposición.
En el juicio, que estuvo a cargo de los jueces Federico Armiñana Dohorman, Javier Aranibar y Martín Pérez, el imputado admitió haber asesinado a su pareja, aunque manifestó que se trató de un accidente.
En su fallo, los jueces revocaron la condicionalidad de una pena anterior impuesta a Balcarce en 2018, en el Juzgado de Garantías 4, por una denuncia de su expareja, de quien se divorció en 2016, y se la unificó en la pena de prisión perpetua.
Según se determinó en el juicio, el 21 de marzo, Balcarce se dirigió en la ambulancia que él conducía a la localidad de Joaquín V. González y en el trayecto se deshizo del cuerpo de su pareja, que era oriunda de Jujuy, aunque residía en la capital salteña junto a él.
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