La nueva disposición fue implementada a raíz de que la ciudad comienza a tener una actividad casi normal, luego de salir de situación de conglomerado producto del coronavirus.
El decreto indica que debe asegurarse la distancia y limitar la ocupación del espacio físico. Además no están permitidas las reuniones que impliquen la concurrencia masiva de personas. El ejecutivo municipal de la ciudad de Colón autoriza mediante el Decreto Nº 251/2020, la realización de actividades religiosas en el marco de la normativa provincial.
Las mismas se podrán desarrollar en días y horarios habituales, conforme a las disposiciones y recomendaciones vigentes.
Además, se destacan que la concurrencia no puede ser mayor a diez personas, sin contar al ministro y dos auxiliares, respetando la distancia mínima de dos metros entre las personas y limitar la ocupación del espacio físico.
La ciudad continúa teniendo prohibidas las reuniones o celebraciones conmemoraciones litúrgicas o cualquier otro acto de culto que implique la concurrencia masiva de personas.