El decreto que lleva la firma del intendente Doctor Esteban Martín Piaggio a las órdenes provinciales 786 y 787 avaladas por el gobernador Gustavo Bordet, entra en vigencia desde este lunes 8 de junio en Gualeguaychú.
Las
actividades deportivas
, se podrán realizar siguiendo los
aprobado por el
Comité de Organización por la Emergencia Sanitaria Local
(COES/L).
Los deportistas podrán realizar: tenis, padel, golf, badmington, pelota a paleta, footgolf, equitación, tiro deportivo, tiro con arco, canotaje, remo, vela (kitesurf, windsurf, optimist), SUP (stan uo paddle), natación en aguas abiertas (sólo prácticas en río para entrenamiento profesional), pesca deportiva de costa.
En todos los casos, los deportes sólo se podrán realizar a modo de entrenamientos, sin competencias deportivas y sin presencia de espectadores, y las instalaciones deberán contar los protocolos autorizados para cada caso.
Deportes de agua
En el caso de canotaje y el remo podrán realizar actividades en embarcaciones individuales, al igual que el windsurf y kitesurf, que presentaron el mismo protocolo y recomiendan como lugar de práctica de ambos deportes el Balneario Ñandubaysal en la cosa del río Uruguay.
Práctica de Golf
El Country Club deberá adecuar los
, espaciando las salidas para evitar que se junten los jugadores en determinados sectores de la cancha, mientras que la pesca deportiva se autorizará solamente la modalidad de costa, sin que se permita por el momento la pesca en embarcaciones.