En las últimas horas se dio a conocer que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ordenó al Gobierno de Formosa que se realice la apertura de escuelas del distrito y que permita la libre circulación dentro de su territorio.
La medida fue tomada en base a un reclamo que realizó un grupo de docentes de la provincia que interpuso acción de habeas corpus a fin de que se le permitiera ingresar a la provincia de Formosa desde Chaco sin la obligación de cumplir cuarentena de 14 días en los centros de aislamiento establecidos por la administración de Gildo Insfrán.
Incluso, en los reclamos los maestros aseguraron que se les estaba afectando el derecho a la libre circulación y que las medidas dispuestas por el gobierno de Formosa vulneraban su derecho al trabajo.
En base a estos reclamos, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que el 11 de marzo de 2021 hizo lugar al habeas corpus, le ordenó a la administración de Insfrán “que en un plazo máximo de cinco días corridos a partir de la notificación de la presente adopte las medidas sanitarias y protocolos específicos, a efectos de que los beneficiarios y demás trabajadores de la educación que se encuentren en similares situaciones puedan asistir cotidianamente y de forma fluida a sus lugares de trabajo en ambas provincias sin condicionamientos que excedan los criterios de razonabilidad e impliquen demoras que afecten el normal desarrollo del proceso de vuelta a clases”.
Una vez presentada oficialmente esta solicitud, la Fiscal de Estado de Formosa presentó un escrito informando que desde las 0 horas del 23 de marzo regía en Formosa un nuevo protocolo que permitía el ingreso de personas a la provincia sin la obligación de realizar cuarentena en sitios estatales. Esta medida debía se cumplía si las personas se realizaban un hisopado al ingresar a la provincia, y luego se practicaran otro test a los cinco y 10 días del ingreso, pudiendo aguardar el resultado de los mismos en el domicilio que informaran en la declaración jurada que debían suscribir.