El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Decreto Nº 414, estableció la extensión de la Etapa de Convivencia Amarilla -denominada Alerta Vigilancia Epidemiológica- por el plazo de quince días en Catamarca, a partir de las 00:00 horas del jueves 4 de marzo.
El decreto fija nuevos horarios de restricción para circular en todo el territorio provincial. De lunes a jueves queda restringida la circulación en el horario de 01:00 horas a 06:00 horas, mientras que los días viernes, sábados y domingos la circulación se extenderá hasta las 02:00 horas.
Además, queda prohibida la circulación entre Municipios, en todo el territorio de la provincia, en el horario de 00:00 horas a 06:00 horas.
Por otra parte, se modifica el horario de atención en Locales gastronómicos y afines (al aire libre con el 70% de su capacidad y en espacios cerrados con el 30%), quedando de la siguiente manera: de lunes a jueves el horario de cierre será a las 00:30 horas del día siguiente; y viernes, sábados y domingos el horario de cierre se extenderá hasta las 01:30 horas del día siguiente.
Por último, el PEP dispone a través del presente decreto que “los Municipios no podrán autorizar la realización de actividades y/o eventos diferentes a los establecidos para cada una de las etapas de convivencia, debiendo dar estricto cumplimiento a las condiciones y horarios allí fijados”. En este punto, el Ejecutivo Provincial deja en claro a todos los municipios de la provincia que deben dar cumplimiento estricto a cada una de las actividades permitidas y sus horarios correspondientes para la Etapa de Convivencia Amarilla.