Consumada la aprobación en el Reino Unido este miércoles, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó el uso en la Argentina de la vacuna contra el coronavirus que desarrolló la Universidad de Oxford y que producirá el laboratorio AstraZeneca.
La información había sido adelantada por el ministro de Salud, Ginés González García, quien resaltó que “es muy buena la presentación” que realizaron los representantes de esa firma para que la medicación pueda aplicarse en el país.
De esta manera, la Argentina sería el primer país del continente en avalar el uso de la vacuna de Oxford, que se convertiría en la tercera habilitada: la de Pfizer y la Sputnik V de Rusia obtuvieron certificaciones para su uso de emergencia.
Al respecto, en una entrevista con la Televisión Pública, el ministro González García aseguró que el trámite para utilizar esa medicación que elaboraron en Inglaterra “va a ser aprobado en las próximas horas porque, según me cuentan, está muy buena la presentación y hace meses que vienen presentando”.
Explicó que se trata del “mismo trámite” que se realizó para autorizar al producto de Pfizer y a la Sputnik V. “Lo que cambia es que, en algún caso, tiene un paso más porque lo tiene que aprobar el ministerio” de Salud, indicó en relación a la medicación de Rusia que demandó una resolución de la cartera sanitaria para su aplicación porque su acceso se definió mediante un acuerdo entre ambos Estados.
Este miércoles, el ente regulador del Reino Unido (MHRA) autorizó el uso de la vacuna de AstraZeneca y la Universidad de Oxford, con la que espera acelerar considerablemente su lucha contra la pandemia disparada en el país desde la aparición de una nueva cepa mucho más contagiosa.
“Esta vacuna estará disponible para algunas de las regiones más pobres del mundo a bajo costo, ayudando a proteger a innumerables personas de esta terrible enfermedad. Es un tributo a los increíbles científicos británicos de la Universidad de Oxford y AstraZeneca, cuyo avance ayudará a salvar vidas en todo el mundo. Quiero agradecer a todas las personas que han sido parte de esta historia de éxito británica. Si bien es un momento para tener esperanzas, es vital que todos sigan desempeñando su papel para reducir las infecciones”, celebró Matt Hancock, secretario de Estado de Salud y Asistencia Social del Reino Unido.
Por su parte, el profesor Andrew Pollard, director del Grupo de Vacunas de Oxford e Investigador Jefe del Ensayo de Vacunas de Oxford destacó que “la evaluación del regulador de que esta es una vacuna segura y efectiva es un momento histórico y un respaldo al enorme esfuerzo de un equipo internacional dedicado de investigadores y nuestros participantes dedicados al ensayo”.
“Aunque esto es solo el comienzo, comenzaremos a adelantarnos a la pandemia, a proteger la salud y la economía cuando los vulnerables sean vacunados en todas partes, tantos como sea posible lo antes posible”, agregó Pollard.
El Gobierno argentino firmó un acuerdo para acceder a 22 millones de vacunas de las primeras partidas de esa medicación, con las que se podrá inmunizar a 11 millones de personas porque el tratamiento demanda dos aplicaciones.
En el interín, inició un operativo de vacunación con la Sputnik V y mantiene conversaciones con Pfizer, Sinopharma, Sinovac y Janssen.
El comunicado de la ANMAT
Esta Administración Nacional informa que, mediante la Disposición 9271/20, autorizó la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) del producto COVID-19 Vacuna AstraZeneca y nombre genérico VACUNA CONTRA COVID19 ChAdOx1-S recombinante, de la firma AstraZeneca S.A.
La solicitud de inscripción presentada por el titular del producto se encuadra dentro de lo previsto en el Anexo I- Item 5 de la Disposición ANMAT 705/05, que prevé el registro de vacunas de interés sanitario en emergencias.
El producto mencionado presenta un aceptable balance beneficio-riesgo, permitiendo sustentar el otorgamiento de la inscripción y autorización condicional del producto para la indicación solicitada. La misma se otorgó por el plazo de un año contado a partir de la fecha de la presente disposición, bajo la condición de venta bajo receta.
Se deberá cumplir con el Plan de Gestión de Riesgo (PGR) establecido para el seguimiento estrecho de la seguridad y eficacia del medicamento y presentar los informes de avance, las modificaciones y las actualizaciones correspondientes ante el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME).