El estricto confinamiento de nueve días está en marcha desde el sábado pasado. En este sentido, Sabina Frederic, ministra de Seguridad de la Nación, dijo que aquellas personas que viajaron a un destino turístico no podrán regresar a sus hogares hasta que finalice la medida restrictiva.
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La funcionaria advirtió que vio que muchos ciudadanos optaron por trasladarse a, por ejemplo, la Costa Atlántica, antes de que tenga efecto el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia que dictó el Gobierno Nacional.
“La gente que se fue tendrá que quedarse donde está hasta que finalicen estos nueve días, que es el lunes 31 de mayo a las 6 de la mañana”, dijo Frederic en diálogo con América TV.
Sin embargo, resaltó que, en líneas generales, hubo un amplio cumplimiento de las normas que buscan reducir la cantidad de casos de coronavirus en nuestro país mientras se desata ferozmente la segunda ola de la pandemia.
“Lo que vemos, no solo por los datos que tenemos que son parciales, sí por la presencia que tuvimos en uno de los controles y el reporte que nos dan las fuerzas, es que tenemos un altísimo acatamiento”, sostuvo la ministra.
Para ejemplificar, comentó que este sábado solo el 10% de los vehículos que habitualmente suelen pasar por el peaje de Hudson lo hicieron. “Es decir que hay una reducción del un 90% en la cantidad de vehículos particulares que transitan por la Autopista Buenos Aires-La Plata”, detalló.
Y sumó: “Ahora, hay que ver también el lugar en donde esa persona trabaja. Siempre hay algunas situaciones que el personal de la Fuerza de Seguridad tiene que evaluar. No se aplican todas las medidas de manera dogmática”.
Qué pasa si alguien circula sin permiso
Frederic brindó información sobre el accionar policial en caso de que se encuentren con un ciudadano que no tenga el permiso para circular como personal esencial. Luego de preguntarle el por qué a la persona, el procedimiento es el siguiente: “Si encuentra que no hay un argumento sólido que pueda demostrar el porqué, se da intervención al juzgado y establece cuál es el criterio a adoptar”.
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De esta manera, la funcionaria resaltó que así se puede dar el “inicio de una causa penal, el secuestro del vehículo o el labrado de una infracción”.
Por último, cerró: “En el caso que tenga vehículo, puede significar el secuestro del mismo. En algunas jurisdiscciones puede significar sólo el labrado de un acta de infracción sin una consecuencia penal directa. Depende del criterio del juez y de cómo interpreta que ese hecho es grave en función de las medidas que se dictan”.