Entró en vigencia ley que endurece las penas para quienes causan tragedias al volante

La ley 27347 había sido sancionada en el Congreso de la Nación en diciembre pasado. Endurece las penas de 3 a 6 años de prisión.

La ley de Delitos Viales (27347) que endurece las penas de 3 a 6 años de prisión para los conductores que provocan una o más muertes por exceso de velocidad, o por manejar bajo los efectos del alcohol o de estupefacientes, sancionada en diciembre pasado por el Congreso de la Nación, entró hoy en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

"Será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte", sostiene el artículo 84 de la nueva normativa.

"La pena será de prisión de tres a seis años, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos 500 miligramos (0.5 gramos) por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un 1 gramo por litro de sangre en los demás casos", continúa.

De este modo, quien provocase una muerte en un accidente con estas características, no obtendrá la libertad como sucedía con la normativa anterior en que la mayoría de los conductores en estas circunstancias lograban la calificación de delito culposo.

El objetivo de la ley apunta a poder "bajar el nivel de accidentes de tránsito" y por lo tanto la cantidad de víctimas: 25 personas mueren por día en la Argentina por siniestros viales, según las estadísticas.