La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la comercialización de un té matcha marca Makam Food, así como un arroz largo fino de la marca Bramador.
Según se publicó hoy en el Boletín Oficial en la disposición 4762/2018 , el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en relación al producto "Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten", envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente.
Según concluyó el organismo, el té carecía de autorización y por ende lo definió como "producto ilegal". De esta forma, la Anmat resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del "Té Matcha Makam Food, Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten" envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile.
El organismo también decidió, a través de la disposición 4764/2018, prohibir un arroz largo fino de la marca Bramador debido a que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente al "estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal", informa La Nación.
En ese sentido, el organismo resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto "Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten", marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Cia. Arrocera Santafesina S.A, Ruta Provincial N° 1 km 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.
Además, la Anmat ordenó a la firma Aisa Ionic S.A. "el recupero del mercado de todos los productos domisanitarios elaborados y/o importados" por la empresa debido a no tenía autorización para "elaborar y comercializar dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria".