Las cinco organizaciones sindicales que integran el espacio Sindicatos Unidos acordaron con las autoridades de Aerolíneas Argentinas suspensiones temporarias de personal que no realice tareas en el contexto del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), aunque preservando los salarios.
Esas suspensiones temporarias se aplicarán en junio y julio próximo, pero preservando los ingresos totales y abonando el medio aguinaldo de este mes.
Los sindicatos de pilotos (APLA), técnicos (APTA), personal aeronáutico (APA), aviadores de líneas aéreas (UALA) y personal superior (UPSA) convinieron con el Grupo Aerolíneas Argentinas-Austral -fusionado en mayo último- "suspensiones temporales de carácter no punitivo" en el contexto de la pandemia de coronavirus.
"Hubo finalmente un acuerdo en las negociaciones con los directivos para aplicar el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Las suspensiones podrán decidirse para este mes y julio próximo entre el personal que no realice tareas como consecuencia de la emergencia sanitaria por coronavirus", detallaron las organizaciones a través de un comunicado conjunto.
Un documento firmado por los secretarios generales Pablo Biro (pilotos), Ricardo Cirielli (técnicos), Edgardo Llano (APA), Cristian Erhardt (UALA) y Rubén Fernández (UPSA) determinó además que esas suspensiones "no afectarán el ingreso de bolsillo de los trabajadores y, además, que se abonará el aguinaldo".
"Una vez más y, a través de un diálogo maduro, los sindicatos demostraron ser parte de las soluciones que necesita la aerolínea de bandera para enfrentar la grave crisis global de la aviación, sin resignar los derechos de los trabajadores", concluyeron los dirigentes sindicales en el documento de prensa.
La medida adoptada por el Directorio del Grupo Aerolíneas, "busca proteger y preservar la totalidad de las fuentes de trabajo, nuestros equipos, ante la crisis más dura que atraviesa la industria aerocomercial y que nos obliga a tener casi la totalidad de nuestros aviones en tierra", señala un comunicado interno.
Aclaran que la decisión "se enmarca en el art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y en la drástica caída de nuestra actividad, con una reducción de nuestros ingresos del 97%, y en la situación de emergencia que atraviesan el país y el mundo entero a partir del Covid 19".