Los agentes judiciales gozarán de una licencia compensatoria de feria que podrá ser usufructuada entre el 1º de agosto del corriente año y el 15 de diciembre del año 2021, fraccionable hasta en dos periodos de cinco (5) días hábiles consecutivos y sin posibilidad de acumularse con las licencias anuales.
La disposición de la Corte Suprema de Justicia se adoptó en "las excepcionales circunstancias que impone la situación de emergencia sanitaria declarada en todo el país con motivo de la pandemia de coronavirus (COVID-19)". Se aclará que la licencia "podrá ejercerse asegurándose de no resentir el trabajo de cada oficina judicial, con prioridad a quienes fueron afectados a desarrollar tareas presenciales durante el asueto extraordinario".
Además se encomendó a "los titulares o funcionarios a cargo de cada oficina judicial, la elevación de una propuesta de cronograma de distribución de los días a tomar por el personal y por ellos mismos". Se precisó que se debe procurar " asegurar en todo momento una planta activa de agentes (presencial y remota) representativa de un promedio del 85% del plantel total, que será evaluado por la secretaría de Superintendencia y la Dirección de Recursos Humanos".