Este viernes, el intendente Luis Castellano firmó el Decreto Nº 51.665 a partir del cual se establece la suspensión temporal de los Decretos N° 51.074 y N° 51.201 que habilitaban la reconversión de salones de fiestas, confiterías bailables y discotecas habilitadas. Es por la creciente suba de casos de coronavirus.
Esta decisión había sido adelantada por el mandatario en una conferencia de prensa y presentada a los organizadores de eventos, en una reunión realizada este jueves al mediodía. El detalle técnico se analizó este viernes.
De este modo, hasta el 30 de abril inclusive, quedarán suspendidas las habilitaciones que se hubieren otorgado a dichos establecimientos para funcionar con su actividad reconvertida. Vale destacar que los recitales en los bares siguen habilitados.
Cabe aclarar que aquellos que incumplan con la normativa, serán pasible de las sanciones establecidas en la Ordenanza Municipal N.° 5.174 y sus modificatorias. Allí se determinan multas que van de 30 a 100 Unidades de Multa. Cada una de ellas equivalen a 10 litros de nafta super de la YPF, es decir, $825. Hasta este viernes, esto equivale sanciones que oscilarían entre $24.750 y $82.500. ¿Por qué hasta hoy? Porque está anunciado un aumento del 6% de los combustibles desde este sábado. Y, por lo tanto, se incrementarían el mínimo y el máximo en el mismo porcentaje.