El juicio a los rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa ya terminó la parte probatoria como de los alegatos, por lo que ahora resta conocer cuál será el veredicto del Tribunal de Dolores que se expedirá mañana 6 de febrero, cuando todo hacía suponer que se conocería la sentencia a fines de este mes.
Lo cierto es que los alegatos de Hugo Tomei llevaron sorpresa a propios y extraños en el juicio que investiga el asesinato del joven de 18 años a la salida del boliche “Le Brique” en Villa Gesell en enero de 2020. Por lo pronto, todo hace suponer que podría haber una sentencia como piden tanto en la fiscalía como en el particular damnificado, pero hay diferentes escenarios que se pueden llevar a cabo.
Perpetua para todos, lo que pide la familia y la fiscalía
Los alegatos de Fernando Burlando como los de los miembros del Ministerio Público Fiscal apuntaron a lo mismo: los ocho imputados fueron coautores del crimen que dejó a Fernando sin vida aquel 18 de enero de hace ya tres años. En ese sentido, el pedido de condena tiene que ver con “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas” en concurso ideal con las “lesiones leves” por la golpiza a los amigos de la víctima.
En ese sentido, si bien los más complicados son Máximo Thomsen y Ciro Pertossi, lo cierto es que los ocho recibirían la misma condena que sería reclusión perpetua. Sin embargo, cabe recordar que este tipo de pena, que es el máximo permitido por el Código Penal, no significa estar para toda la vida en la cárcel.
De acuerdo con el artículo 13 del Código Penal, “el condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido treinta y cinco (35) años de condena, el condenado a reclusión o a prisión por más de tres (3) años que hubiere cumplido los dos tercios, y el condenado a reclusión o prisión, por tres (3) años o menos, que hubiere cumplido un (1) año de reclusión u ocho (8) meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrán obtener la libertad por resolución judicial”.
Homicidio en riña, una de las claves a las que apuesta la defensa
Desde el inicio del juicio, hasta en las últimas palabras de los acusados, lo que se pudo observar por parte de Tomei es que no se trató de un ataque, sino que fue una pelea que salió mal. En ese marco, insitió reiteradas veces que Fernando también pegó, algo que los propios fiscales señalaron, y que fuera del boliche la pelea terminó con una víctima fatal.
“Me pegan una piña en la cara y reacciono tirando patadas. No sé a quién, no sé a donde. Pero nunca con intención de matar nadie. Me metí a pelear porque era una persona contra muchos, vi una ronda con mucha gente”, fueron las palabras de Thomsen cuando habló por primera vez ante el Tribunal.
En ese sentido, apuntan al homicidio en riña, que de acuerdo al artículo 95 del Código Penal, “se concreta cuando se pone fin a la vida de una persona y en el hecho intervienen más de dos personas, pero resulta imposible determinar quién provocó la muerte”.
La pena de este delito va de dos a seis años de prisión, por lo que sería una considerable baja respecto a lo que piden desde el lado de la familia.
Las opciones que aceptan los rugbiers y no implican una perpetua
Por último, aparecen dos escenarios que no serían los más buscados por los rugbiers, pero que no implican una condena perpetua. De hecho, objetivo de Tomei es pedir la absolución del caso producto de las incongruencias, según él, que plantearon desde la fiscalía y cualés fueron las acusaciones.
En todo ese marco, aparecen dos nuevos marcos jurídicos en los que podría apoyarse para una eventual condena por parte del Tribunal de Dolores: el homicidio preterintencional y el homicidio simple con dolo eventual.
De acuerdo a lo que establece el artículo 81 del Código Penal, el homicidio preterintencional apunta a que se aplicará una pena de tres a seis años al que “con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”.
Mientras que el homicidio simple con dolo eventual es la otra pena que tiene mayor cantidad de años porque implica que vaya de ocho a veinticinco años de prisión.