Liliana Rodríguez, ministra de Acción Cooperativa de Misiones presentó ante el Juzgado de Instrucción Penal 1 de Posadas, una denuncia formal contra la anterior gestión de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá (CELO).
En la denuncia se mencionan presuntas irregularidades contables en el marco de “un alto grado de informalidad, sobre los bienes, sumas de dinero y todo la economía, como así mismo del manejo de las actividades”.
Los denunciados penalmente son: el expresidente de la CELO Pedro “Pilo” Andersson, su vice Jorge “Coqui” Duarte, el ex gerente general Claudio Horacio Pace, el ex gerente administrativo Pablo Daniel Alexenicer y otros cuatro integrantes de la anterior comisión directiva de la entidad: Héctor Fabián Berent, Marcos Sartori, Julián Duprat y Marco Mauricio Morinigo, a los que se endilga “responsabilidad de dirección, ejecución y toma de decisiones dentro de la cooperativa”.
Entre otras irregularidades, “no se encuentra registrada la deuda que mantiene con EMSA la cooperativa en los últimos Balances N° 69 y 70, tampoco se logra determinar el destino de fondos que hubieren ingresado a la entidad según los libros de caja”.
En ese sentido se menciona el hecho de que no existía en la anterior gestión un responsable oficial de la caja fuerte, lo cual la ministra califica de “muy grave” por el elevado volumen de fondos que maneja la cooperativa, teniendo en cuenta que por ejemplo “en los cuatro primeros meses del 2022, han tenido un ingreso de $1.205.540.027″.
También se asienta que antes de enero de 2022 “cada área retiraba del proveedor por su cuenta los insumos, cargando en la cuenta corriente de comprador y el remito quedaba en el proveedor, por lo cual no se podría realizar el cruzamiento entre la orden de compra y el remito de entrega, sin conocerse el producto y la cantidad realmente retirada”.
Asimismo, “en el área de rodados no existe un encargado de controlar si lo facturado por servicio de reparación coincide con el servicio prestado. Estos dos últimos circuitos administrativos hacen imposible un real control entre lo pago y los servicios y productos realmente recibidos por la entidad”, remarca la denuncia.
Dichos presuntos delitos se encuadrarían en los incisos 6, 7 y 8 del artículo 173 del Código Penal.
Fuente: Primera Edición