Un despreciable sujeto identificado por sus iniciales R.M.P. fue condenado en Jujuy a cumplir una pena de diez años de prisión por haber cometido la violación de su propia hija, a la que además pretendió silenciar amenazando con atacar a su hermano. También los jueces impusieron al criminal la prohibición de tener contacto con la víctima y ordenaron que sea sometido a tratamiento psicológico.
La sentencia le fue aplicada por el Tribunal en lo Criminal nº 1, que lo condenó por ser autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) agravado por el vínculo en concurso real”, informaron fuentes del Poder Judicial de Jujuy.
En su acusación la Fiscalía describió que los hechos -ocurridos en una vivienda ubicada en la zona sur de la ciudad de San Salvador de Jujuy- se produjeron el 9 de marzo de 2020, el primero aproximadamente a las dos de la madrugada y el segundo a las diez de la mañana, “oportunidades en las que el acusado abusó sexualmente de su hija accediéndola carnalmente en contra de la voluntad de la misma”.
La investigación reveló además que en ambas circunstancias “el imputado amenazó a la víctima para que no contara lo sucedido porque no le creerían y además podría ‘pasarle algo’ a su hermano”.
LA CONFESIÓN DEL VIOLADOR
En los alegatos, el abogado representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Marcelo Cuellar, solicitó que se aplique al padre acusado la pena de diez años de prisión.
El Departamento de Prensa y Relaciones Públicas del Poder Judicial de Jujuy informó que el juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y la abogada defensora.
Cabe señalar que como querellante se desempeñó el abogado Manuel Aguilera, mientras que la defensa técnica del acusado estuvo a cargo de la abogada Sara Ruth Cabezas.
El veredicto fue emitido el martes último por el juez Luciano Yapura, que ejerció como presidente de trámite, y la jueza Felicia Barrios, haciendo uso de las facultades previstas en la acordada nº 71/08, indicaron las fuentes.
En este marco el Tribunal ordenó el inmediato traslado del condenado R.M.P. a la Unidad del Servicio Penitenciario que corresponda, y le impusieron la prohibición de contacto con la víctima y sus familiares directos a través de cualquier medio, esto es llamadas telefónicas, mensajes de textos, redes sociales, etcétera.
También los magistrados ordenaron que el condenado se someta a tratamiento psicológico a los fines solicitados por el mismo.
Asimismo, autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del sujeto a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, lo que se concretará una vez que quede firme y consentida la sentencia, informó la secretaria del Tribunal, Mónica Checa.
Como es de rigor, se puntualizó finalmente que los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
En Jujuy existe la línea gratuita 102 dependiente de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia, para la atención de cualquier caso de emergencia de situación de vulneración de derechos de niños, niñas o adolescentes.