Anses: qué pasará con el pago de las sentencias por reajustes previsionales

Desde el Gobierno aclararon cuáles son las modificaciones en el pago de los juicios que llevan los jubilados.

Anses: qué pasará con el pago de las sentencias por reajustes previsionales
Anses: qué pasará con el pago de las sentencias por reajustes previsionales (Archivo/LaVoz).

Anses, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, emitió un comunicado detallando cómo será el pago de las sentencias judiciales por reajustes previsionales. El texto alude a “información errónea” que se difundió en los medios y que hablaba de “suspensión de pagos”.

Desde la entidad aseguran que la Resolución de la CSJN N° 118/2025 indica que, a pedido de los juzgados federales de primera instancia, la Cámara Federal de la Seguridad Social elevó a la Corte Suprema un pedido de suspensión por el plazo de 90 días del dictado de sentencias simples para la aprobación de la primera liquidación y sus actualizaciones en las causas previsionales contra Anses.

“Se trata de una resolución interna dentro del ámbito judicial que no afecta el desenvolvimiento normal y habitual de los pagos que realiza el Organismo, cuyos plazos no se encuentran suspendidos”, señala el texto.

Se estima que existen cerca de 270.00 causas que están siendo cursadas en los tribunales de la Seguridad Social de todo el país.

Y agrega: “Se ratifica que no existe suspensión de plazo alguna en Anses para el cumplimiento de los pagos de las sentencias judiciales, sino que se trata de una prórroga concedida por la CSJN a los jueces de primera instancia para el dictado de sus resoluciones interlocutorias”.

Por otro lado, desde el Gobierno hablaron de un “cambio de un paradigma” en relación a los pagos de sentencias. “Anses pasó de liquidar las sentencias de manera por demás tardía a asumir por primera vez el compromiso de reajustar el haber inicial de los beneficiarios dentro del plazo dispuesto en las sentencias y en paralelo con el pago de los expedientes en stock conforme un nuevo esquema de liquidación establecido”.