El Gobierno municipal recuerda a la comunidad que continúa plenamente vigente la ordenanza que prohíbe el uso, la fabricación, el depósito y la comercialización de todo tipo de artificios pirotécnicos dentro del ejido municipal, con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de la población.
La normativa fue sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en diciembre de 2016 y rige de manera efectiva desde el 1° de marzo de 2017, alcanzando a todo el territorio de la ciudad de Gualeguaychú sin excepciones para su venta o utilización recreativa.

La prohibición incluye de manera expresa a los denominados globos aerostáticos y artefactos similares, debido al elevado riesgo de incendios que representan. Solo quedan exceptuados los elementos pirotécnicos destinados a señales de auxilio, emergencias náuticas y al uso exclusivo de fuerzas armadas, de seguridad y defensa civil.
Esta regulación tiene como finalidad proteger la salud pública, la seguridad ciudadana, el bienestar animal y el ambiente. Los estruendos y las emanaciones químicas generan consecuencias graves en animales domésticos y silvestres, así como molestias y trastornos en niños, adultos mayores y personas con patologías sensitivas o neurológicas.

Además, la pirotecnia provoca contaminación sonora, lumínica y química, afectando la convivencia y el ecosistema local. Ante cualquier incumplimiento, los vecinos pueden realizar la denuncia correspondiente comunicándose al teléfono 3446-641628, lo que permitirá la intervención de las áreas competentes y la aplicación de las sanciones previstas.

































