Pirotecnia cero en Año Nuevo

Se recuerda que en Gualeguaychú se encuentra vigente la Ordenanza Municipal N° 12079/2016, que prohíbe y sanciona la tenencia y comercialización dentro del ejido municipal.

Pirotecnia cero en Año Nuevo
Pirotecnia cero en Año Nuevo

La ciudad de Gualeguaychú, en la provincia de Entre Ríos dio un gran paso en términos de salud, convivencia y compromiso ambiental a partir de la sanción de la Ordenanza Municipal N° 12079/2016, que sanciona la tenencia, detonación, comercialización, transporte, almacenamiento, fabricación, venta minorista y mayorista y uso dentro del ejido municipal.

Los artificios explosivos generan efectos perjudiciales, que impactan negativamente en la salud y seguridad de las personas, aumentan la ocurrencia de accidentes y generan contaminación ambiental por los efectos lumínicos, sonoros y químicos. Estos últimos afectan particularmente a animales (silvestres y domésticos), y a los infantes como también a las personas adultas mayores.

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Así también el ruido emanado por el uso de pirotecnia puede generar en los seres humanos y animales: taquicardia, temblores, aturdimiento, pérdida de control, miedo y/o muerte; provocando además grandes molestias y trastornos permanentes a quienes no comparten esta forma de festejar.

Pirotecnia cero en Año Nuevo
Pirotecnia cero en Año Nuevo

Recordamos que la prohibición también incluye a los denominados “Globos aerostáticos” o similar, en tanto constituyen riesgo potencial de incendio.

Quedan excluidos de la ordenanza los artificios pirotécnicos usados para señales de auxilio, emergencias náuticas, para el uso de las fuerzas armadas, de seguridad y/o defensa civil.