La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió aumentar el recargo al dólar turista de 35 al 45%, a lo que hay que sumarle el Impuesto PAIS de 30%, que estará vigente por los próximos tres años y además no es reintegrable. Pero cómo afecta este cambio a las operaciones en el exterior y qué otros servicios están incluidos en esta decisión.
El Gobierno busca evitar la salida de divisas norteamericanas, por lo que esta medida se suma a la resolución del Banco Central de no ofrecer cuotas para comprar productos en el exterior. De esta manera, el comercio conocido popularmente como “puerta a puerta” ya no tiene ningún beneficio.
A la vez, se eliminaron las cuotas para las tiendas libres de impuesto (free shop), y se estableció que no se podrán financiar en cuotas las compras de pasajes hacia otros países y de servicios turísticos en el exterior efectuadas a través de tarjetas de crédito, como alojamiento.
La medida entró en vigencia desde la primera hora de este jueves 14 de julio. Cabe mencionar que con el nuevo recargo, el dólar turista pasará a valer, en promedio, $236,50. Dependerá de la conversión que realice luego cada banco al momento de pagar la tarjeta.
Qué operaciones se ven alcanzadas por la nueva alícuota
- Aquellas de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.
- Las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito. Algunos ejemplos son Spotify, Netflix entre otros servicios de streaming.
- El pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.
Gastos con tarjeta en el exterior
- La medida no incluye tope para hacer pagos de bienes y servicios en el extranjero con una tarjeta de crédito o de compra.
- Los gastos realizados se verán en el próximo resumen, expresados en dólares.
- El monto se puede cancelar usando ahorros en la misma moneda, o bien en pesos, a la cotización oficial del día, más un recargo que ahora subió al 75% en total.
Extracciones de dólares en cajeros automático del exterior
- Puede utilizarse la tarjeta de crédito en cajeros de otros países para extraer moneda extranjera, tanto dólares, como euros, o moneda extranjera en general.
- Hay un tope vigente por operación: de 50 dólares en los países limítrofes y de 200 dólares en el resto del mundo.
- Esos máximos rigen por operación, es posible hacer más de una, hasta llegar al límite de anticipos fijado por el banco.
Operaciones con tarjeta de débito en el exterior
- Se podrá utilizar como hasta ahora, para efectuar compras desde el exterior.
- No es necesario tener una caja de ahorro en dólares para realizar gastos.
- Si el viajero posee una cuenta en pesos y otra en dólares, vinculadas a la misma tarjeta, tiene derecho a elegir en cuál le harán los débitos.
- Si los débitos se realizan de una caja de ahorro en dólares, se podrá consumir bienes y servicios en moneda extranjera sin tope, hasta que se le agoten los fondos.
- Si los débitos se hacen de una caja de ahorro en pesos, se aplica el mismo criterio que en los casos de los pagos con tarjeta de crédito: cada dólar gastado se pesificará de inmediato al cambio “solidario” del día (cotización oficial más 75% de recargo).
Cómo se manejarán los reintegros
“Como sucede desde la implementación de la medida en 2020, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado por la AFIP”, señalaron desde la Administración.
Y agregaron que “aquellos monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción”.
Sucede que esas percepciones, realizadas desde este jueves hasta fin de año, serán devueltas durante 2023 y sufrirán el impacto de la inflación, que para el año calendario 2022 se estima claramente por encima del 75%. El trámite por el reintegro se puede hacer de manera online por la página de AFIP.
Esta batería de medidas apunta a desalentar la salida de divisas ante la necesidad de acumulación de reservas. “La herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva”, explican desde la AFIP.