Una conocida empresa de Córdoba deberá pagar una millonaria indemnización, según una resolución de la Justicia de la provincia. Todo comenzó producto de una demanda presentada por una familia que perdió a una joven integrante de 18 años.
Condenaron a una conocida empresa de Córdoba
El Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación de la ciudad de Córdoba dio lugar a la presentación contra la concesionaria vial Caminos de las Sierras. La denuncia fue radicada por la familia de Agostina Pace, quien falleció el 25 de octubre de 2018 por un siniestro vial en la ruta provincial E-55, en Sierras Chicas.

El juez Gustavo Andrés Massano consideró probado que el suceso se produjo por el “efecto de hidroplaneo”, que sufrió el Ford Ka que dirigía el novio de la fallecida. Esto se gestó a raíz del anegamiento de agua cerca del cantero central de la autovía.
El rodado se salió de control, cruzó el cantero central y recibió el golpe de un Peugeot 207 que viajaba en sentido contrario. En consecuencia, condenó a la empresa a indemnizar a los padres, a una progenitora afín, a los abuelos, a los hermanos y al novio de la víctima, que manejaba el vehículo que protagonizó el siniestro.

La millonaria indemnización que pagará una conocida empresa de Córdoba
El Juzgado resolvió que Caminos de las Sierras pague 303.780.768 pesos a los familiares de Pace. A su vez, la concesionaria de la Red de Acceso a Córdoba (RAC) deberá abonar 167.710.841 pesos en concepto de costas. Consecuentemente, la cifra escala hasta los 471.491.609 pesos, que se le deben incorporar los intereses que correspondan si no cumple el fallo de primera instancia, en el plazo fijado de 10 días.
Massano señaló que Caminos de las Sierras incumplió con obligaciones tales como “el deber de seguridad, el deber de cooperación y la obligación de informar”, expresó la justicia. Asimismo, no cumplió con las obligaciones principales del concesionario frente al usuario establecidas por el Reglamento de Explotación de Concesiones Viales, aprobado por Resolución SSOSP n.º 41/91.