Una aerolínea deberá pagar una indemnización millonaria a dos cordobeses

La empresa fue condenada por daños y perjuicios. Qué pasó.

Una aerolínea deberá pagar una indemnización millonaria a dos cordobeses
Una aerolínea deberá pagar millones por daños y perjuicios. (Nicolás Bravo / La Voz)

El juez federal 2 de la ciudad de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, hizo lugar a una denuncia por parte de dos cordobeses contra una reconocida aerolínea. De esta forma, condenó a la empresa a pagar una suma millonaria por daños y perjuicios.

Se trata de un fallo judicial sin precedentes en Córdoba, que obliga a Aerolíneas Argentinas a resarcir económicamente a una pareja de abogados. La cancelación de un vuelo desde Florianópolis, sumado a la falta de información y la gestión deficiente por parte de la compañía, motivó una condena.

Una aerolínea deberá pagar millones a dos cordobeses

El motivo del litigio fue la cancelación de su trayecto aéreo entre Florianópolis y Córdoba en febrero de 2024, debido a una medida de fuerza gremial. La pareja interpuso una demanda contra la compañía aérea y exigió la restitución de 2.500 reales por gastos ocasionados y dos millones de pesos en concepto de daño moral y perjuicios, incluyendo intereses y costas procesales. Alegaron “incumplimientos contractuales”, trato inadecuado, falta del deber de informar y abuso de posición dominante por parte de la aerolínea.

Aerolíneas Argentinas, por su parte, argumentó incompetencia judicial y sostuvo que la Ley de Defensa del Consumidor no era aplicable, proponiendo la validez del Código Aeronáutico y el Convenio de Montreal. La empresa adujo que la suspensión del servicio se originó en un paro, considerándolo una situación de fuerza mayor que la eximía de responsabilidad.

Los afectados relataron que el 28 de febrero de 2024, cuando debían retornar, recibieron un correo informando la anulación de su conexión, sin explicaciones adicionales ni una nueva programación. Esta circunstancia les generó una gran inquietud, pues el hombre debía reincorporarse a su empleo en el Gobierno de Córdoba al día siguiente. La compañía aérea no se comunicó para ofrecer soluciones, algo que generó gastos extras por alojamiento, alimentación y traslados. La demora implicaba, además, la pérdida de beneficios laborales como el presentismo.

Finalmente, los viajeros consiguieron una nueva fecha para el 2 de marzo de 2024, con escala en Aeroparque antes de llegar a Córdoba. Sin embargo, esta reprogramación fue producto de sus propias gestiones. Ante la ausencia de una respuesta satisfactoria, presentaron un reclamo administrativo ante Defensa del Consumidor, pero no llegaron a un acuerdo con la firma, lo que los impulsó a iniciar la acción judicial.

El magistrado Sánchez Freytes acogió la solicitud de los demandantes, condenando a Aerolíneas a pagar 1.426.225 pesos, monto que incluye daño material emergente y moral, con sus respectivas actualizaciones e intereses, además de las costas del proceso. El juez se basó en el Convenio de Montreal (1999), que establece la responsabilidad del transportista por retrasos, salvo que demuestre haber tomado las medidas necesarias para evitar el perjuicio.

El fallo judicial subraya que “el incumplimiento contractual resulta imputable a la demandada, que por otro lado no brindó alternativas adecuadas a la actora y no cumplió adecuadamente el deber de información que pesa sobre ella”. Respecto al daño moral, el magistrado consideró “evidente” el “desasosiego, incertidumbre y desamparo” causado por la anulación y la falta de respuesta oportuna. Concluyó que “debido a estos inconvenientes, se frustró la finalidad del viaje de vacaciones” y uno de los viajeros tuvo que ausentarse de su empleo.