El Sindicato del Personal de Casas de Familia (SINPECAF) dio a conocer cómo debe calcularse el período de vacaciones de una trabajadora doméstica (mensualizadas o por hora, todas tienen el derecho de tomarse vacaciones pagas).
La duración de las vacaciones dependerá de la antigüedad. En el caso de una persona cuya antigüedad sea mayor a los seis meses y menor a los cinco años, le corresponderán 14 días corridos; 21, entre los cinco y los 10 años; 28, entre los 10 y los 20 años; y 35 días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a 20 años.
Vale aclarar que la antigüedad se calcula en base al período que el trabajador realizó sus tareas hasta el 31 de diciembre del año en que le corresponda las vacaciones. Las mismas deben iniciar el primer día semanal de trabajo habitual o el siguiente en el caso de caer feriado.
Las fechas de vacaciones deben ser fijados por el empleador con 20 días de anticipación. Los mismos deberán ser entre el 30 de noviembre hasta el 30 de marzo. No obstante, el empleado puede solicitar el fraccionamiento del período para otras épocas del año.
Igualmente, se debe garantizar un período de licencia de corrido no inferior a 2/3 del total (si las vacaciones son de 21 días, el trabajador debe tomarse un período de 14 días corridos).
Las vacaciones se deben pagar al inicio de las mismas. Según la AFIP, el monto a pagar se calcula multiplicando el número de días que hubiera tenido que prestar servicios en el período de vacaciones por el salario diario percibido.