El Tribunal Electoral Provincial puso a disposición un formulario digital para la justificación de la no emisión del voto en las pasadas elecciones del 12 de mayo, conforme alguna de las causales del artículo 17 de la ley 9.571.
A la dirección se accede con este link.
El plazo se extiende hasta el 16 de agosto, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 148 de la Ley 9.571.
También personalmente. Las personas que no hayan votado también podrán acercarse personalmente al Juzgado Electoral (Caseros 684, Córdoba) de 8 a 14 horas, con su DNI y con la documentación que justifique la no emisión de sufragio.
En el interior de la provincia podrán, del mismo modo, acercar la presentación escrita a la sede judicial más próxima a su domicilio o enviar por correo postal al Juzgado sito en Capital.
Conforme la mencionada norma, quienes no hayan votado y no justifiquen dentro de los 60 días de la elección, podrán ser sancionados con multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos.