Lo que era un secreto a voces, esta tarde se terminó de confirmar oficialmente: la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) ratificó a Lionel Scaloni como entrenador de la Selección Argentina de mayores.
Debido a su satisfactorio periodo de interinato al frente del elenco nacional, Claudio "Chiqui" Tapia, presidente de la AFA, encabezó esta tarde una Asamblea Extraordinaria en la que anunció la decisión de la dirigencia a cargo del fútbol argentino.
"Hoy se le va a ofrecer a Scaloni la continuidad hasta la Copa América. Viene evolucionado. La Selección viene ganando identidad y todos vieron que hubo una evolución desde el primer partido hasta el último", aseguró Tapia.
De esta manera, Scaloni queda a cargo de la Mayor pero no dirigirá el seleccionado sub 20 que disputará el Sudamericano Chile 2019, a desarrollarse en enero. En su lugar irían Walter Samuel y Pablo Aimar.
La Orden del Día que se trató en la Asamblea Extraordinaria de la AFA
1º) Aprobación del orden del día (Art. 31º, apartado 3, del Estatuto).
2º) Nombramiento de tres delegados encargados de verificar los poderes (Art. 49º del Reglamento General).
3º) Nombramiento de dos delegados encargados de verificar y suscribir el acta (Art. 33º, del Estatuto y Art. 51º del Reglamento General).
4°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: Organos Jurisdiccionales - Art. 65° Tribunal de Apelación, apartado 3 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).
5°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VI Competencias y Derechos - Art. 78° Concesión de Licencias a los Clubes, apartados 1, 2, 3 y 4 y Art. 81°, apartados 7 y 8 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).
6°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VIII Disposiciones Finales - Art. 87° Disposiciones Transitorias, apartado.
7#) (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto). 7°) Proyecto de modificaciones al Reglamento de Transgresiones y Penas: Capítulo XIX. Sanciones a Miembros del Personal Técnico - Arts. 260° y 261° (Art 25° inc. a; y Art. 32° apartado 1 del Estatuto).
8°) Proyecto de creación de una persona jurídica bajo la forma jurídica de Fundación. Aprobación de los objetivos, nombre y montos a asignar. Delegación en el Comité Ejecutivo de la definición de las actividades, bases presupuestarias y texto del Estatuto. Se encomienda y autoriza al Presidente la firma de las escrituras y demás instrumentos públicos y privados que fueran necesarios para solicitar la personería jurídica ante IGJ (Inspección General de Justicia de la Nación)".