La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de varios productos cosméticos, domisanitarios y médicos por diversas razones, desde rótulos que no coinciden con los declarados hasta la no habilitación para "efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos".
Disposición 10177-E/2017. "Prohibir el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como: Plusbelle Kids shampoo energía y frescura- ananá skater, cont. neto 750 ml, Lote 291016 Vto: 10/2018, Industria Argentina, elaborado por ALICORP ARGENTINA S.C.A legajo Nº 2694 MS Res. 155/98. Ordénase a la firma ALICORP ARGENTINA S.C.A. el recupero del mercado de todas las unidades del referido producto".
Disposición 10170-E/2017. "Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como «Tone Vitae oxidante en crema 100% estabilizada- Profesional-20 volúmenes- Cont. Neto 900 ml. Elaborado por Laboratorios Apotarg S.R.L.- San Jerónimo Nº 2425- CP: 5006 Córdoba. Ministerio de Salud Pública Habilitación Res. Nº 33 Expte 11080/69»".
Disposición 10176-E/2017. "Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional a excepción de la provincia de Buenos Aires de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como: «Glicerina» y «Agua de azahar» y cualquier otro producto detallado en el Anexo I de la Disposición ANMAT N° 8417/16 que declaren ser elaborados o fraccionados por Droguería San Antonio de San Antonio Group SRL. hasta tanto obtenga las autorizaciones correspondientes".
Además, la Anmat prohibió la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales "fuera del ámbito de la provincia de Buenos Aires" a San Antonio Group Sociedad de Responsabilidad Limitada (en su carácter de propietario de la Droguería San Antonio) hasta que tenga la habilitación para "efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales".
Disposición 10178-E/2017. "Prohibir el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes de los siguientes productos rotulados como: «Argen Pure, Purificador de Agua Portátil, contiene 1 purificador de Agua Modelo AP 105, 1 Repuesto Intercambiable (instalado), 1 Manual de Uso y Garantía, Industria Argentina. RNE 010045357, RNPUD 0250001, con datos de lote y con fecha de vencimiento y Argen Pure, repuesto intercambiable para purificador de agua portátil. Contiene 1 Repuesto Intercambiable Modelo AP 105-F; Industria Argentina», elaborados por la firma Blansol S.R.L. hasta tanto obtenga la correspondiente inscripción".
Disposición 10181-E/2017. "Prohíbese la distribución y comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la Distribuidora ACCOR de César P. Rocca y Nahuel P. Rocca S.H., con domicilio en la Av. Boyacá Nº 2084 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales".
Disposición 10182-E/2017. "Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional, a excepción de la provincia de Buenos Aires, a la firma Medical Gloves S.A. con domicilio en la calle Buchardo 2460, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales".