La Corte Suprema absolvió a un hombre que pasó más de 14 años en prisión

Jorge Enrique González Nieva cumplía condena por el crimen de una mujer en una salidera bancaria.

La Corte Suprema absolvió a un hombre que pasó más de 14 años en prisión
Jorge González Nieva\u002E

Jorge Enrique González Nieva (58), quien estaba preso desde hace 14 años por el crimen de una mujer en una salidera bancaria en el partido de Merlo, fue absuelto este jueves por la Corte Suprema de Justicia.

Según el fallo emitido por el máximo tribunal, en la investigación fue afectado "no sólo el principio de inocencia sino también las garantías constitucionales de defensa en juicio y del debido proceso", tal como informaron fuentes judiciales.

Jorge González Nieva.
Jorge González Nieva.

González Nieva había sido condenado en 2010 a la pena de 25 años de prisión por el robo seguido de muerte de Analía Bibiana Aguerre (43) ocurrido en Merlo el 24 de mayo de 2006. Los delincuentes mataron a la víctima en la puerta de su casa cuando llegaba del banco, a donde había ido junto a su marido y una prima a retirar $11 mil pesos.

A González Nieva, quien entonces trabajaba como taxista, lo llevaron a la comisaría de Merlo, lo golpearon y lo extorsionaron para incriminarlo en el crimen de Aguerre. La sentencia que recibió permaneció en estudio del máximo tribunal desde 2015.

En 2018, la organización Amnistía Internacional (AI) pidió a la Corte Suprema en una carta abierta que resolviera el caso "inmediatamente".

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Según el Centro de Información Judicial (CIJ), "la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, absolvió a Jorge Enrique González Nieva por los delitos de robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra por los que había sido condenado a la pena de 25 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 del Departamento Judicial de Morón".

"El máximo Tribunal entendió que la condena se dictó desconociendo las garantías constitucionales de debido proceso, defensa en juicio y de presunción de inocencia y que estas falencias no fueron atendidas por la Sala II del Tribunal de Casación Penal y, posteriormente, por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires al confirmarla", reza el fallo que la Corte.

Con información de Télam y Clarín.