La Ley de Emergencia Económica y Solidaridad Social se publicó en el Boletín Oficial y ya está vigente

El poder Ejecutivo logró que el proyecto fuera aprobado entre jueves y viernes por el Congreso.

La Ley de Emergencia Económica y Solidaridad Social se publicó en el Boletín Oficial y ya está vigente
Senado Argentina

Este lunes por la tarde se publicó en el Boletín Oficial la Ley de Emergencia Económica y Solidaridad Social y, de esta forma, ya entró en vigencia la iniciativa impulsada por el Gobierno de Alberto Fernández y que fue aprobada entre el Jueves y el viernes por la cámara de Diputados y Senadores respectivamente.

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De esta manera comenzó a regir la ley que establece, entre otras cosas, un impuesto de 30% a las compras en moneda extranjera realizadas en el exterior o en el país con tarjeta de crédito, además de al dólar ahorro, entre otras medidas.

Con respecto a las retenciones al campo, el Ejecutivo actualizó los derechos de exportación al quitar el tope de $4 por dólar exportado, medida dispuesta por el gobierno anterior, y luego se cambiaron los límites a las retenciones con la sanción de la Emergencia Económica.

Entonces, el gobierno contará con la posibilidad de subir las retenciones al poroto de soja hasta 33%, mientras que los cereales (maíz y trigo, entre otros) podrían llegar hasta 15%. Por su parte, las carnes, la leche en polvo, la lana y otras producciones tributan 9%, pero el Ejecutivo podría llevarlas hasta el 15%.

En el brindis de fin de año con los periodistas acreditados en Casa Rosada, Alberto Fernández había indicado que para la reglamentación iba a haber que esperar "un poco", pero aseguró que este lunes por la tarde sería promulgado el proyecto aprobado en el Congreso. "Se publica ya en el Boletín Oficial, con un veto parcial", dijo. Finalmente sucedió pasadas las 17.30.

La intención del Presidente era vetar el artículo 8, para excluir a empresas medianas del régimen de "Regularización de Obligaciones Tributarias de la Seguridad Social". Sin embargo, en el Boletín Oficial no figura ese veto anunciado por el Presidente, sino que fue parcialmente modificado el artículo 52 de la ley, referido a las retenciones petroleras.

En el veto de Fernández, dice: "Obsérvase en el artículo 52 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.541 la frase que dice 'En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras'”.

Según consignó Clarín, la reglamentación de la norma será oficializada "antes de fin de año".