Más de 20 infractores no realizaron trabajos comunitarios, porque el municipio desconocía la existencia del convenio

Esta firma entre el Ministro de Gobierno Juan Carlos Massei y el intendente Facundo Torres data desde el 2016.

Los Jueces de Paz de Córdoba prefieren aplicar a los infractores trabajos comunitarios en lugar de arrestos.
Los Jueces de Paz de Córdoba prefieren aplicar a los infractores trabajos comunitarios en lugar de arrestos.

Hace poco tiempo se hizo público a través del sitio

mivalle.net.ar

la disconformidad de algunos policías de la Departamental Santa María en relación a la

aplicación del Código de Conviviencia.

Las expresiones surgieron luego de que tres uniformados resultaran lesionados cuando intentaban disuadir un conflico en el Tajamar.

"El Código de Convivienia nos deja expuesto a todos", dijeron, y se abrió el debate sobre el tema.

En medio de ese cruce de opiniones, referentes de la Justicia expresaron que el Código necesita modificaciones y que "las penas alternativas que prevé el Código no se aplican. Si a los infractores efectivamente se los mandara a pintar una plaza o cuidar un parque etc, y se difundiera esa medida sancionatoria por un lado recibiría un castigo efectivo y por el otro lado servíría de prevención", manifestaron.

En base a este punto es importante aclarar que esas sanciones deberían aplicarse mediante una acción conjunta de la Justicia y el municipio, sin embargo no se está realizando. Desde la Asesoría Letrada de la municipalidad sostuvieron que "no se hizo el convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ejecutivo para que esas tareas se lleven adelante, por ende, sería una irresponsabilidad hacerlo", sin embargo, ese convenio existe desde el año 2016.

Fue firmado entre el Ministro de Gobierno Juan Carlos Massei y el intendente Facundo Torres. En él se aclara que "la Ley 10326/2015 (Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia) introduce el trabajo comunitario en su artículo 22, inciso a)".

Además, sostiene que la citada Ley establece en su artículo 28 "que el trabajo comunitario será facilitado por la administración estatal en dependencias oficiales-provinciales-municipales o comunales u otras instituciones de bien público estatales o privadas, y se aplicará a la conservación, funcionamiento o ampliacióin de establecimientos asistenciales, de enseñanza, parques, paseos, slavo juzgados y dependencias policiales". 

Debido al desconocimiento de esta herramienta, más de 20 personas no cumplieron la pena efectiva dispuesta por distintas contravenciones. Entre ellos se pueden mencionar autores de exhibiciones obscenas, conductores que transitaban a alta velocidad, y distintas faltas por las que le fueron asignados trabajos comunitarios.​