El partido Frente Renovador Auténtico
se presentó en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Sala I, respondiendo a un planteo que había realizado la Unión Cívica Radical,
, dos meses antes de la asunción de autoridades el próximo 29 de octubre.
Los camaristas, Horacio Ricardo Castellanos y Juan Ricardo Acosta, el 28 de diciembre, consideraron inconstitucional el Inciso 6, del Artículo 43, de la Carta Magna provincial de 2006. En ese sentido hubo una presentación del doctor Guillermo Gordillo Aráoz, quien solicitó, en carácter de apoderado de la Unión Cívica Radical, la intervención como tercero en la causa.
Mariela Alejandra Martín Domenichelli y Víctor Hugo Arias, dirigentes massistas en Tucumán impugnaron el poder general para juicios que presentó el letrado en nombre de los radicales, señalando que el mandato es una copia simple de una escritura pública confeccionada en fecha 19 de noviembre del año 2007. Los dirigentes continúan señalando que "carece de valor, dicho poder, para juicios porque la UCR se encuentra en proceso de normalización y carece actualmente de autoridades estando acéfala desde el 23 de octubre de 2018".
Del mismo modo, Domenichelli y Arias indican que, al tratándose de un documento de hace más de doce años y encontrándose el partido acéfalo, se hace necesario una ratificación de la vigencia de dicho instrumento. También remarcaron que mientras esto no suceda, no se puede tener por válida la presentación.
Finalmente, el tribunal debe resolver un planteo de aclaratoria al fallo de diciembre, ya que sigue vigente el Artículo 100 de la Constitucional Provincial el cual indica que “la elección de Gobernador y Vicegobernador se realizará dos meses antes de la conclusión del mandato de las autoridades en ejercicio”.