Un hecho delictivo ocurrido en Resistencia tuvo un sorpresivo giro, dado que lo que comenzó como el robo de un celular, terminó con la detención de un hombre de 45 años por tenencia de material de abuso sexual infantil.
Cuando el ladrón se hizo del celular advirtió que había fotografías que involucraban a una menor. Entonces, lo escrachó en grupos de WhatsApp. Fue así que las imágenes se viralizaron y llegaron a las autoridades que detuvieron al dueño del celular.
La viralizarión llegó a dos funcionarias del Estado, quienes se encargaron de tomar cartas en el asunto. La ministra de Salud Pública, Carolina Paola Centeno, fue quien hizo la denuncia formal y, a su vez, la ministra de Seguridad y Justicia, Gloria Salazar, reportó mensajes anónimos en los que se precisaba que las imágenes en cuestión habían sido difundidas en un grupo de WhatsApp llamado “EXPERTOS 1″.
Así, la División Cibercrimen de la fuerza policial inició una investigación en coordinación con la Fiscalía Penal N°13 a cargo del fiscal Víctor Recio, especialista en Delitos Informáticos.
Los policías rastrearon el origen de las imágenes hasta que descubrieron que el dueño del teléfono las tenía guardadas en su “nube”. Cuando pudieron identificarlo, la Justicia dispuso su captura. La detención se llevó a cabo en un operativo de la División de Ciberdelitos Contra la Niñez y Adolescencia que tuvo lugar en un barrio de la ciudad de Resistencia. El acusado lo interceptaron caminando por la zona.
El hombre había radicado la denuncia en la Comisaria Quinta de la capital chaqueña por el robo de su celular y su motocicleta. Es por eso que los investigadores sostienen que fue el mismo delincuente quien sacó capturas y lo escrachó en los grupos de WhatsApp del propio dueño del móvil.
En paralelo, se investiga quién es la víctima de abuso sexual expuesta en las fotos.
Qué pena puede recaer por tenencia de material de este tipo
El delito de tenencia de material de abuso sexual infantil está contemplado en el artículo 128 del Código Penal, que establece penas de hasta 6 años de prisión para el que “produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.
También se especifica que “será reprimido con prisión de 4 meses a un 1 año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior”. En casos de “fines inequívocos de distribución o comercialización”, la ley castiga al que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con penas de entre 6 meses y 2 años.
“Todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de 13 años”, subraya el artículo.