Para el periodo de marzo a junio de este año se encuentra disponible en Rentas la bonificación especial del 40 % en las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La medida rige para las actividades turísticas, de alojamiento, restaurantes, bares y similares cuya facturación del año anterior no supere los $ 25 millones.
Prevé que sean beneficiados servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyan o no el servicio de restaurante al público.
El beneficio abarca a los servicios de hospedaje temporal, como estancias, residencias para estudiantes y albergues juveniles, apartamentos turísticos, etcétera.