El Gobierno busca subir las penas por cometer incendios y en Diputados ya hay un proyecto listo para aprobarse

A raíz del caso de Córdoba, el año pasado se firmó un dictamen consensuado entre las distintas fuerzas políticas. Qué dice el texto y qué debe pasar para que se trate en extraordinarias.

El Gobierno busca subir las penas por cometer incendios y en Diputados ya hay un proyecto listo para aprobarse
Incendios en El Bolsón: hay más evacuados y un hombre fue detenido. (TN)

En medio de los incendios forestales que azotan a la localidad rionegrina de El Bolsón, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anunció que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto para aumentar las penas contra los autores de estos estragos, con el objetivo de que sea tratado en sesiones extraordinarias, que rigen hasta el 21 de este mes. En la Cámara de Diputados ya hay un proyecto consensuado entre las distintas fuerzas que tiene dictamen y está listo para ser votado en el recinto.

“Incluiremos en sesiones extraordinarias un proyecto para agravar la pena de quienes provoquen incendios intencionalmente, eliminando la posibilidad de excarcelación. Terroristas disfrazados de mapuches prendieron fuego nuestra Patagonia para extorsionar al Gobierno y reclamar privilegios. Van a pagar tras las rejas”, amenazó Cúneo Libarona.

Diputados ya trabajó sobre el tema: a fines de octubre pasado, cuando Córdoba comenzaba a recuperarse de los incendios, se consensuó un dictamen para modificar el Código Penal y elevar las penas, hoy calificadas como irrisorias. El proyecto avanzó en la Comisión de Legislación Penal, que preside la cordobesa Laura Rodríguez Machado (PRO) y quedó en condiciones de ser aprobado, pero el Ejecutivo no lo incluyó en el temario original de las extraordinarias.

La Cámara baja tiene una oportunidad para avanzar con el tema este miércoles, en el marco de la sesión convocada para las 10 por la Ficha Limpia. No obstante, para poder discutir sobre las sanciones por incendios, el Ejecutivo antes debe ampliar el temario de las extraordinarias para habilitar su tratamiento.

En el dictamen firmado en 2024 se tomaron en cuenta tres proyectos de cordobeses: uno de Juan Brügge (Encuentro Federal) acompañado por sus pares Ignacio García Aresca y Oscar Agost Carreño; otro de Rodríguez Machado y Gabriel Bornoroni, jefe del bloque libertario; y otro de los radicales Soledad Carrizo, Rodrigo De Loredo, Gabriela Brouwer de Koning y Luis Picat. También se contempló una iniciativa del exministro de Justicia kirchnerista, Martín Soria, entre otras.

La propuesta modifica el artículo 186 del Código Penal, estableciendo prisión de 3 a 10 años “si hubiere peligro común para los bienes”; y de 3 a 12 años por incendios en distintas plantaciones o producciones. También de 3 a 15 años “si hubiere peligro para un archivo público, biblioteca, museo, arsenal, astillero, fábrica de pólvora o de pirotecnia militar o parque de artillería”.

Esta última pena se aplicaría además si hay peligro de muerte para una persona; y si el incendio causa la muerte inmediata, se eleva de 8 a 20 años. Asimismo, se establecen 3 a 15 años si el hecho causa lesiones graves o gravísimas a una persona; y la misma pena “cuando se hubieran generado daños a áreas naturales protegidas o con objetivos de conservación”.

Los diputados cordobeses Brügge y Agost Carreño, de Encuentro Federal, presentaron una disidencia en este punto y consideraron que “deben aumentarse los mínimos de las escalas penales previstas en el artículo 186 y llevar de 3 años de prisión a 4 años de prisión”.

Por otra parte, el dictamen modifica el artículo 189 del Código Penal, otorgando de 6 meses a 4 años de prisión a quienes causen incendios “por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas”. Si el hecho pone en peligro la vida de una persona, la sanción subirá de 1 a 5 años; si causa lesiones graves o gravísimas, de 1 a 4 años; y si provoca una muerte, de 2 a 6 años. A su vez, si se dañan áreas protegidas, la prisión será de 1 a 5 años.

Si en todos los casos anteriores intervienen funcionarios públicos, se aplicará como pena accesoria la inhabilitación por el doble de tiempo de la condena para ejercer cargos.

El dictamen además incorpora al Código Penal el artículo 189 ter, estableciendo agravantes cuando el incendio se produce “para obtener ventaja pecuniaria”; “con el concurso de tres o más personas”; “coaccionando a otros para la ejecución material del delito”; “afectando o exponiendo al peligro, de manera grave, a la salud pública”; “alcanzando áreas urbanas o cualquier asentamiento humano”; “en épocas de sequía o inundaciones”; o “con la colaboración de un funcionario público en ejercicio de sus funciones”.

Los agravantes también se aplicarán “cuando se produzca un daño ambiental irreversible sobre el bosque nativo, las aguas naturales, la erosión del suelo y/o la modificación del régimen climático”.

Otra de las modificaciones relevantes es que las personas jurídicas privadas, ya sean de capital nacional o extranjero, también tendrán responsabilidad penal por la generación de incendios.