El Ministerio de Seguridad recordó los valores vigentes de alcohol permitidos para manejar motos, bicicletas y autos, lo mismo para quienes conduzcan transporte público y de carga.
La Ley de Seguridad de Vial 9024, vigente desde setiembre de 2019, establece que los conductores profesionales, como el transporte público y de carga, deben conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre.
En tanto, quienes conduzcan en bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores tienen prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre, debido a la vulnerabilidad del rodado y de quién lo conduce.
Mientras que para automóviles el alcohol en el conductor no debe superar los 500 miligramos por litro en sangre.
Por otro lado, en lo que va del año y en el marco de la pandemia del COVID-19, la Policía Vial labró 1.475 actas viales por el consumo de alcohol al volante, de 14.952 controles de alcoholemia realizados en toda la provincia.
Del total de las actas se desprende que: 747 fueron multas a personas que superaron 0,5 gramos hasta 0,99 gramos de alcohol en sangre y 728, con más de 1 gramo.
Sanciones y multas
Hace más de un año, el Gobierno provincial endureció las sanciones para los conductores ebrios, a través de modificaciones a la Ley de Seguridad Vial (9024) y del Código Contravencional (9099).
Las multas para quienes conduzcan un vehículo en estado de ebriedad, van desde arresto de hasta 30 días, retención del vehículo, inhabilitación de la licencia de conducir hasta el pago de $51.000 mil a $153.000 dependiendo de la graduación alcohólica.
De 0,2 en el caso de bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores y de 0,5 en el caso de automóviles a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las sanciones son solamente viales y las determina el juez de tránsito. Las penas son: la inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $51.000 y $102.000 (entre 3.000 a 6.000 unidades fijas) y retiro de la licencia de conducir.
Y para quienes superen el 1 gramo de alcohol en sangre, la falta pasa a la órbita contravencional y establece multa de 4.000 a 9.000 Unidades Fijas ($68.000 a $153.000), inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días, retención del rodado y arresto de hasta 30 días.