El artículo 120 de la constitución de la provincia indica que "el Gobernador y Vicegobernador podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período".
El ministro de Gobierno Alejandro Moriconi se refirió a la polémica y afirmó que "si el Gobernador decide ser reelecto no tiene impedimento alguno, sería un candidato más".
En tanto, explicó que Sergio Casas no fue reelecto y no se sucedió recíprocamente en la misma fórmula, que serían los impedimentos que indica el artículo 120 de la Constitución de la Provincia. "Como profesional del derecho no veo ningún impedimento. Hay que leer el artículo 120 de la Constitución de la Provincia", expresó el funcionario.